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Parece que mencionar declaración de la renta y paro en una misma frase complica las cosas, ¿verdad? Pues sigue leyendo porque en esta guía te contamos si tienes que hacer la declaración de la renta si estás cobrando el paro o si lo has cobrado este año.
Empecemos hablando de un famosísimo falso mito que oímos al hablar de declaración de la renta y paro: cuando tienes más de un pagador, la renta siempre te sale a pagar. Esto es mentira y ahora veremos por qué. (Si necesitas aclarar qué significa esto de la renta a pagar, consulta nuestro post sobre la renta a pagar y la renta a devolver).
En primer lugar, se dice que alguien presenta una declaración de la renta con más de un pagador cuando en un mismo año fiscal ha recibido pagos de más de una empresa o institución. Por ejemplo, se considera que has tenido más de un pagador si trabajaste de enero a mayo para una empresa. Luego en junio y julio estuviste cobrando el paro. En agosto encontraste otro trabajo y empezaste a cobrar de otra empresa hasta diciembre. En este caso tendrías tres pagadores: la primera empresa, la Seguridad Social (a través del SEPE). Si has estado todo el año en el paro, entonces tendrías solo un pagador: el SEPE.
No es verdad que al tener más de un pagador la renta siempre salga en positivo (a pagar). Es cierto, pero, que es bastante común que ocurra si no se ha ido pagando el tipo de IRPF que tocaba mientras se ha estado cobrando del segundo pagador. Veamos cómo funciona:
Al empezar a trabajar para una empresa (por cuenta ajena), tendrás que rellenar el modelo 145 en el que indicas tus datos y situación personal. En este modelo, declaras si tienes hijos, si estás casado, si tienes alguna discapacidad o si tienes a personas de la tercera edad a tu cargo. Al responder estas preguntas, se establece el porcentaje de IRPF que te corresponde pagar. De tu sueldo bruto, una parte sirve para pagar IRPF a Hacienda, y se te descontará del sueldo bruto cada mes, junto con los pagos a la Seguridad Social.
Lo que pasa, es que al tener un segundo pagador en un mismo año fiscal, ya sea el SEPE u otra institución o empresa, es que el porcentaje de IRPF que se descuenta de la paga en bruto es el mínimo. Imagina que por tu situación te toca pagar un 18% de IRPF cada mes, y es lo que has estado pagando en tu trabajo. Pero pierdes, dejas o te echan del trabajo y te vas al paro. Empiezas a cobrar el paro, pero en lugar de pagar un 18% de IRPF al mes, pagas solo un 2% (porque por defecto siempre se aplica el porcentaje mínimo de impuestos). Cuando presentes la renta y declares que has tenido dos pagadores, seguramente te salga un resultado a pagar. ¡Pero no es porque has tenido dos pagadores! Es porque cuando has cobrado el paro, has estado pagando mucho menos IRPF del que te tocaba cada mes (acuérdate que por tu situación tendrías que pagar el 18% y has estado pagando solamente el 2%). Entonces, en la declaración de la renta se ajustan las cuentas y te toca pagar lo que te has ahorrado en IRPF durante todos los meses que has cobrado el paro con un 2% de impuestos en lugar de un 18%.
Las prestaciones de la Seguridad Social tributan como si de un sueldo se tratase. Es decir, tienes que pagar impuestos por lo que cobras proporcionales a tu situación personal, siempre. No importa si estás cobrando un sueldo de una empresa o pagos de la Seguridad Social por alguna prestación: de maternidad, paternidad, del paro, etc.Un consejito de los gestores expertos en la declaración de la renta de TaxScouts: si quieres evitar sorpresas, solicita que te apliquen un IRPF del paro acorde a tu situación al pedir la prestación. Así, en la renta, tendrás que pagar lo menos posible. ¡Truquitos de una buena gestoría fiscal!
¡Atención! En la declaración de la renta se incluye el paro si has cobrado una prestación por desempleo. Si solamente te has apuntado al servicio de ocupación de tu comunidad autónoma pero no has cobrado nada de nada (ni lo has pedido), no tienes nada que declarar a Hacienda.
En el pasado año fiscal (de enero a diciembre), Josefina trabajó como ayudante de cocina en el restaurante donde llevaba un tiempo, pero dejó su puesto en octubre. Esto significa que trabajó diez meses con un solo pagador (el restaurante). En noviembre y diciembre, Josefina cobró el paro, por lo que pasó a tener dos pagadores en un año (el restaurante y el SEPE). Josefina cobraba 1.600€ brutos en el restaurante, así que hasta octubre había cobrado 16.000€ brutos en total. Del paro, Josefina cobró 600€ al mes, que suman un total de 1.200€ por los dos meses de noviembre y diciembre.
Si sumamos lo que Josefina cobró en un año del restaurante (16.000€) y del paro (1.200€), sabremos que Josefina cobró en total 17.200€.
Josefina cobró menos de 22.000€ brutos anuales y lo que cobró de su segundo pagador no supera los 1.500€. Por lo tanto, Josefina no está obligada a presentar la declaración de la renta.
¿Estás en el paro o has estado en el paro? Es normal que hacer la declaración de la renta te agobie. Pero no te preocupes, te podemos ayudar. En TaxScouts tenemos un equipo de asesores fiscales para la renta que se encargarán de tu caso. Además, entendemos que si no has tenido muchos ingresos quieras encontrar el mejor servicio al mejor precio. Por eso, somos una gestoría barata pero muy eficaz y nos aseguraremos de que te beneficies de todas las deducciones posibles. ¿Lo mejor? En nuestra gestoría online, la frase declaración de la renta y paro se convierte en un par de clics. Puedes presentar tu declaración de Hacienda online, desde donde quieras y cuando quieras.
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