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Entre los muchos tipos de autónomos recogidos en el Estatuto del Trabajador, destaca uno en concreto: el trabajador autónomo económicamente dependiente (el autónomo TRADE). Y no es que el resto de autónomos no sean dependientes de la pasta, es que los autónomos TRADE reciben el 75% de sus ingresos o más de un solo cliente. O sea, que un poco dependientes sí son.
Esta figura del autónomo TRADE genera cierta confusión, y es normal. ¿Qué requisitos tiene? ¿En qué se diferencia de un autónomo común? ¿Si tengo un solo cliente tengo que darme de alta como autónomo TRADE? ¿En qué se diferencia un TRADE de un falso autónomo? Vamos a ir resolviendo estas y otras dudas en esta guía. ¡A por ello!
Como te contábamos antes, un autónomo TRADE es un autónomo que factura al menos el 75%de sus ingresos de un solo cliente. Un ejemplo de un autónomo TRADE podría ser un programador que trabaja regularmente para una empresa, pero que también ofrece sus servicios a otros pequeños clientes.
Y dirás… ¿Cómo que el 75% de los ingresos? ¿Cómo se calcula eso? Bueno, para calcular ese porcentaje, tendrás que fijarte únicamente en los ingresos que tengas del trabajo, ninguno más. O sea, que si trabajases por cuenta ajena y propia a la vez, se sumarían ambas cantidades para calcular el porcentaje. Lo mismo si tuvieses cinco clientes. Eso sí, no deben incluirse otros ingresos que no sean del trabajo, como dividendos, alquileres u otras ganancias.
Pero, ¿por qué TRADE? ¿Qué es TRADE? ¿De dónde viene? Trade significa comercio en inglés, y en el caso de los autónomos, son los autónomos con un acuerdo comercial.
Como podrás imaginar, al ser un tipo específico de autónomo, para ser autónomo TRADE tienes que cumplir sus propios requisitos:
No pueden ser trabajadores autónomos económicamente dependientes los titulares de locales comerciales (tiendas), industriales o de oficinas abiertos al público ni los autónomos que ejerzan su actividad conjuntamente con otros profesionales.
Aunque los autónomos TRADE tienen las mismas obligaciones que el resto de autónomos, es cierto que existe una peculiaridad: el contrato TRADE. Este contrato se firma entre el autónomo y el cliente principal, y permite que el TRADE tenga ciertas ventajas (luego te contamos cuáles). Este contrato debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) e incluye la siguiente información:
Aquí puedes descargarte el modelo de contrato TRADE creado por el SEPE.
La duración del contrato será la que se especifique en el contrato, y se puede determinar una fecha concreta o vincular el final del contrato al final del servicio que esté realizando el TRADE. Si no se fija una duración en el contrato, se entenderá que es indefinido.
Aunque este contrato no tendrá repercusiones fiscales, ofrece a los autónomos algunas seguridades laborales de los asalariados, por lo que es recomendable que quienes cumplan los requisitos se acojan a ella. Para poder tener las condiciones especiales de TRADE, el autónomo tiene que firmar este contrato con su cliente y registrarlo en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal hasta 10 días después de la firma.
Si existe un acuerdo entra ambas partes para finalizar el contrato antes de la fecha establecida, puede hacerse sin ninguna penalización. Sin embargo, si el contrato se rompe por decisión del cliente sin causa justificada, el TRADE tiene derecho a indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Lo mismo a la inversa: si es el TRADE quien incumple el contrato, será él quien debe pagar la indemnización a su cliente.
Ya has ido viendo qué cositas positivas tiene firmar un contrato TRADE. Y es que, al estar especialmente vinculado a un único cliente, los autónomos TRADE tienen una especial protección laboral, distinta a la de los autónomos en Régimen General. Esta protección consiste en:
Si estás buscando cómo darte de alta en autónomos y no tienes claro si deberías ser un autónomo TRADE… ¿Por qué no confías en un asesor experto que aclare tus dudas y te quite todos los trámites fiscales?
¡Que no cunda el pánico! Muchos nos preguntáis angustiados si os tenéis que registrar como autónomos TRADE si, al empezar, solo facturáis de un cliente. La respuesta es no.
Como habrás comprobado en esta guía, ser autónomo TRADE supone un vínculo deliberado con un único cliente, es decir, la elección de trabajar la mayoría de tu tiempo para un solo cliente. Cuando estás empezando como autónomo, es normal que te cueste conseguir clientes, y habrá momentos en los que solo factures a uno. Eso no significa que tengáis un acuerdo mutuo por el cual trabajas la mayor parte de tu tiempo para él, y por supuesto, no existe un contrato TRADE que firmar.
La diferencia entre un autónomo TRADE y uno del Régimen General es que el TRADE decide facturar de un único cliente casi la mayoría de sus ingresos, mientras que el otro tipo tendrá varios clientes dependiendo de la demanda.
Es cierto que en muchas ocasiones, la linea entre autónomo TRADE y falso autónomo es muy difusa. Con esta tabla podrás saber cuándo se considera falso autónomo y en qué se diferencian los autónomos TRADE de los falsos autónomos. O si lo prefieres, échale un vistazo a nuestro artículo sobre qué es un falso autónomo y cómo identificarlo.
Y esto sería todo. ¿Tienes dudas? Nuestros asesores expertos podrán resolverlas. Así que ya sabes, si buscas una gestoría online para autónomos, cuenta con TaxScouts. Te quitamos los impuestos de autónomos y el papeleo en un tiqui. ¿Te apuntas?
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