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Desde 2023, los autónomos en España cotizan a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales. Esto significa que, al final de cada año, la Seguridad Social revisa si has cotizado de más o de menos y hace los ajustes pertinentes.
Este nuevo sistema ha generado muchas dudas sobre cómo y cuándo declarar estas regularizaciones en la renta y si realmente los autónomos recuperan el dinero cuando se les devuelve parte de sus cotizaciones.
En este artículo explicamos cómo funciona el proceso, en qué momento se declara y cómo afecta fiscalmente.
Cada año, la Seguridad Social revisa las cotizaciones y ajusta los importes en función de los ingresos reales. Las tres posibilidades que existen son:
Pero si esta revisión solo puede hacerse una vez finalizado el año (cuando efectivamente puedes calcular tus ingresos totales), la gran pregunta es: ¿en qué ejercicio se declaran los posibles desajustes?
Las administraciones han aclarado que no es necesario modificar declaraciones de años anteriores. Es decir, aunque la regularización pertenezca al año anterior, no tienes que presentar declaraciones complementarias para compensar los desajustes de ese año.
Sin embargo, esta decisión es contraria a la legislación tributaria, que determina que los rendimientos deben reflejarse en el año en el que se producen. Una discrepancia que, de momento, no se ha solventado.
Hasta ahora, los que se hace es reflejar las regularizaciones en la declaración de la renta del año en que se pagan o se reciben, siguiendo este criterio:
Pongamos el caso de cotizar de más: tú, en 2023, al haber cotizado por 500 € más de los que deberías, también te dedujiste 500 € más en tu declaración (porque los gastos de Seguridad Social son deducibles). Si al hacer la regularización te los devuelven y vuelves a deducirlos, estarías haciendo una doble deducción, lo que Hacienda no permite. Lo mismo al revés: si cotizaste de menos, no pudiste deducir todos los gastos de Seguridad Social que te correspondían, por lo que tendrás derecho a sumarlos en la renta correspondiente.
La respuesta es sí y no. Sí, recibes físicamente el dinero en tu cuenta bancaria cuando la Seguridad Social te lo devuelve, pero fiscalmente te afecta en la renta del año en que lo recibes. Lo vemos con un ejemplo:
Impacto en la renta de 2025:
Pongamos que en 2025 cotizaste 4.800 €. Por la devolución de las cotizaciones pasadas, en tu declaración de 2026 (la que declararas los ingresos de 2025) no podrás deducir la cantidad completa, sino solo 4.300 € (4.800 € – 500 € de la devolución).
Esto aumenta tu base imponible, lo que puede hacer que pagues más impuestos.
Si tu tipo impositivo es, por ejemplo, un 20%, significa que por cada 500 € que Hacienda te hace restar de los gastos deducibles, pagarás 100 € más en impuestos. Por eso, si te devuelven 500 €, realmente recuperas 500 €, pero al final del proceso te queda menos, porque pagarás impuestos sobre ellos.
Conclusión: sí, te devuelven el dinero, pero al año siguiente tendrás que restarlo como gasto deducible, lo que aumenta tu base imponible y puede hacer que pagues más impuestos. Solo recuperarás los 500 € íntegros si tu tipo impositivo es 0%, cosa poco probable.
Tres consejos si quieres evitar que pase esto:
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