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Un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es una medida que pueden tomar las empresas para reducir su plantilla en situaciones de crisis, es lo que se conoce como despido colectivo.
Al tratarse de una medida que implica el despido de muchos trabajadores, para poder aplicarlo deben cumplirse unos requisitos y un procedimiento determinado. El despido tiene que fundarse en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:
Se considera despido colectivo cuando en un periodo de 90 días se despida por estas causas a:
Al ser una medida excepcional, para poder aplicar un ERE hay que seguir un procedimiento que incluye un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores y la autorización por la autoridad laboral competente (un organismo público de las comunidades autónomas o la subdelegación del Gobierno).
Si para evitar seguir este procedimiento, la empresa despide por causas objetivas a un número de trabajadores inferior a los del umbral del despido objetivo y en los siguientes 90 días, hace lo mismo, la segunda tanda de despidos será nula. Es decir, si por ejemplo, una empresa de menos de 100 empleados despide a 7 trabajadores en un periodo de 90 días y a 5 más en los siguientes 90 días, estos últimos 5 despidos serán nulos.
Al trabajador al que se despida mediante un ERE le corresponde una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Es decir, que la indemnización no podrá ser superior a multiplicar el salario mensual por 12. Esta indemnización puede mejorarse por parte de la empresa.
Cuando el ERE es temporal, es decir, no se despide a los trabajadores si no que el contrato queda en suspenso, o se reduce la jornada, se conoce como ERTE.
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