Te damos de alta, presentamos impuestos y hacemos los trámites por ti Más información
El IVA devengado es exactamente lo mismo que el IVA repercutido. Simplemente se le puede llamar de una forma u otra; no tiene más secreto. Cuando los autónomos emiten una factura, añaden un importe en concepto de IVA al total del coste de sus productos o servicios (a la base imponible): este es el IVA devengado o repercutido. Si quieres leer un poco más sobre el IVA devengado (o repercutido), visita la entrada sobre el IVA repercutido en nuestro diccionario.
¡Autónomo! Nos encargamos de todo para que tú no te preocupes por nada. Además, tu asesor personal resolverá todas tus dudas en menos de 24 horas.
Déjanos tu contacto y te mandaremos noticias, recordatorios o algún consejo sobre el tema que más te interese. No te asustes, solo lo haremos de vez en cuando.
O consulta nuestras Guías, Calculadoras o Diccionario