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¿Quién no ha soñado alguna vez con montar su propia empresa? Tienes la idea, el nombre, ya te ves emitiendo facturas por doquier y entonces viene la pregunta: ¿con quién la monto?, es decir, ¿quién o quiénes serán tus socios? Si estás en esta fase y quieres saber qué tipos de socios hay en una sociedad limitada y cuáles son sus funciones y responsabilidades, quédate, que estás en el lugar correcto.
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Hagamos un repaso rápido. La sociedad de responsabilidad limitada (SRL), más conocida como sociedad limitada (SL), es un tipo de sociedad mercantil. Los socios aportan el capital de la empresa y este queda dividido en partes iguales o participaciones. Como bien indica su nombre, la responsabilidad de los socios es limitada en este tipo de sociedad, es decir, que en caso de tener deudas no responderás con tu patrimonio personal.
¡Oye! Que a lo mejor, más que crear una SL, lo que te conviene es ser autónomo. ¿No lo tienes claro? Haz números con nuestra calculadora para saber qué es más rentable.
Si decides que por el momento vas a ser autónomo y te preocupa el tema de la responsabilidad, que sepas que puedes limitarla. Sí, puedes darte de alta como Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Seguirás siendo 100% autónomo, mientras te beneficias de algunas de las ventajas de la responsabilidad limitada.
Hay dos tipos de socios en una sociedad limitada: los socios capitalistas y los socios trabajadores. La diferencia entre ambos es la implicación laboral que tienen en la sociedad.
En pocas palabras, uno solo aporta capital (dineros, bienes o inmuebles, por ejemplo) y otro, además de esto, también trabaja en la empresa. ¿Adivinas cuál es cada uno?
El socio trabajador es el que tiene funciones y responsabilidades dentro de la empresa, además de tener participaciones en ella. Es un socio que presta sus servicios a la sociedad de forma retribuida. Un socio que se contrata a sí mismo, para que nos entendamos.
¡Una cosilla más! Dentro de los socios trabajadores no todos tienen las mismas funciones. Aquí es cuando aparece el conocido como socio administrador. Este es el encargado de las funciones de gestión, organización y dirección de la empresa.
El socio capitalista es la persona que aporta el capital a la empresa. Te sonará más si lo llamamos inversor y no presta sus servicios a la sociedad. Si los socios lo establecen podría participar en ciertos procesos, como la toma de decisiones, o hacer propuestas de negocio.
Si aporta capital a la sociedad pero se mantiene totalmente al margen de la gestión de la empresa se conoce como socio silencioso. Aunque no se involucre, comparte todas las pérdidas y ganancias de la SL.
Ahora que ya conocemos los distintos tipos de socios que hay en una sociedad limitada, veamos las diferentes formas de remuneración que tiene cada uno:
Los socios trabajadores tienen dos formas de retribución: nómina o factura. El que tenga una u otra dependerá de la sección del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en el que se enmarque su actividad.
Hay actividades empresariales, profesionales y artísticas. Solo si el socio realiza una actividad empresarial podrá tener una nómina. Si la actividad del socio es profesional o artística, entonces cobrará de su empresa a través de facturas.
¡No nos olvidamos del socio administrador! Los propios socios de la empresa pueden establecer en los estatutos de la sociedad si las funciones de dirección y organización están remuneradas o no.
Al no prestar servicios a la empresa, su retribución será a través del reparto de los dividendos, es decir, recibirá la parte que le corresponda de los beneficios que la empresa reparte entre sus accionistas.
Si es tu caso, ¿qué porción te toca del pastel? Tendrás derecho a recibir la parte proporcional de los beneficios en función de tu porcentaje de acciones o participaciones en la sociedad.
Los dividendos son para todos los socios. Es decir, no solo los socios capitalistas se llevarán un porcentaje de los beneficios. También los socios trabajadores y administradores tienen derecho a una tajadita, que se sumará a la retribución por su trabajo. ¡Bieeeen!
Quizá ahora te estés preguntando cuántos socios necesitas para crear una sociedad limitada. Debe haber mínimo un socio y no hay máximo. Aunque lo más común es que haya mínimo dos socios, si eres un lobo solitario estás de suerte porque no necesitas más personas para crear una SL.
En este caso, como solo eres uno, tendrás una sociedad limitada unipersonal (SLU).. Serás el único encargado de crear la sociedad y asumirás todas las participaciones. La única diferencia con una SL es el número de socios y la abreviatura, esto quiere decir que en tus contratos, facturas y demás papeleo aparecerán las siglas SLU.
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Como dato extra, antes estaba la sociedad limitada nueva empresa (SLNE). Un tipo de SL que tenía una constitución más rápida y no podía tener más de 5 socios. Esta forma murió en 2022, ohhh, final triste. Pero su legado continúa, ahora la grandísima mayoría de las SL se constituyen de manera express gracias a la SLNE.
Recordemos algo importante que hemos mencionado al principio: los socios de una SL tienen una responsabilidad limitada. ¿En qué se traduce esto? Significa que no responden con su patrimonio personal en caso de tener deudas. Es decir, solo se verían afectados por las deudas el capital social y los bienes a nombre de la empresa.
Además, la responsabilidad de los socios dependerá de su aportación al capital de la empresa, es decir, cada uno responde en función de lo que haya puesto, independientemente del tipo de socio que sea.
Pero no todo son ventajas. Esto es lo que se conoce como responsabilidad solidaria, porque todos los socios son responsables de la totalidad de la deuda. Así que consejito del día: ¡elige bien a tus socios!
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