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Deducir siempre es una palabra que suena bien. No como dieta. Aunque si son otras dietas ya suena mejor. ¿Te gustan los juegos de palabras? Quizá. Pero lo que seguro que te gustará es saber cómo deducir las dietas de autónomos. ¡Al ataque!
Pues qué va a ser, autónomos muy flaquitos. Ya vale con la broma, ¿o qué? Las dietas de autónomos son todos aquellos gastos que están causados por el desarrollo de tu actividad y que por tanto, no te corresponde pagar. Por ejemplo, si para hacer tu trabajo como autónomo necesitas desplazarte por España, la gasolina que consumas entraría dentro de las dietas. Cuando trabajas por cuenta ajena, es lógico pensar que estos gastos como desplazamientos, hospedaje y comidas corren a cargo de la empresa. ¿Pero qué pasa con los trabajadores autónomos?
En el caso de los autónomos, al no tener una empresa que cubra estos gastos, lo que se consideran dietas de autónomos son los gastos que puedes deducir. Esto es así desde 2018, con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que trataba de equiparar las condiciones de los asalariados y las de los autónomos.
Aclaración: los únicos gastos que se consideran dietas para los autónomos son los gastos de manutención. El resto, aunque fiscalmente se traten igual que estas dietas por comidas, no se llaman dietas, sino gastos deducibles. En fin, que es lo mismo pero con distintos nombres. Así que, técnicamente, los autónomos no tienen prácticamente dietas, sino gastos deducibles en el IRPF y en el IVA. Pero sigamos indagando en lo de las dietas deducibles de autónomos.
Los autónomos, como te adelantábamos, pueden deducir de su IRPF (dejar de pagar en el IRPF) y de su IVA los gastos de hospedaje, manutención y desplazamiento que se puedan justificar como necesarios para trabajar. O sea, que si eres autónomo taxista, los gastos de gasolina que pagues para llevar a cabo tu trabajo son gastos deducibles en las dietas de autónomos, porque es evidente que necesitas gasolina para trabajar. Veamos más sobre la deducción de dietas de los autónomos.
Los gastos como autónomo que sean consecuencia de tu actividad se pueden restar de tus declaraciones de IRPF y de IVA. Es decir, que si comes fuera por trabajo, puedes restar la cantidad en el IRPF como gasto deducible (así que pagarás menos impuestos en total porque se te restará de los ingresos que has tenido) y el IVA deducible de la comida de tu modelo 303.
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¿Qué dietas se incluyen en el IRPF de autónomos? ¿Cuánto se puede deducir un autónomo de dietas? ¿Hay una cantidad máxima? Son preguntas típicas que seguro que te vienen a la cabeza. Vayamos una por una.
Como te comentábamos al principio, dietas como tal solo son las de manutención. Aún así, trataremos como las dietas que los autónomos pueden deducirse son todas las relacionadas con su actividad. Si eres coach y tienes que recorrer España dando formaciones, entonces como autónomo puedes desgravar las dietas del viaje. Si trabajas en el diseño web desde el despacho que te has montado en tu casa, podrás desgravar la parte proporcional de electricidad que se corresponda a lo que gastas para poder hacer tu trabajo. Si pasas el día de aquí para allá y no puedes comer en casita, también puedes incluir las dietas del viaje y deducir el IVA de las dietas diarias en tus declaraciones. Incluso si tienes comidas con clientes. Siempre que puedas justificarlo, puedes deducir los gastos relacionados. ¡Planazo!
Ahora bien… ¿Cuánto te puedes deducir en dietas de autónomos? Bueno, pues al igual que para los trabajadores asalariados, los autónomos también tienen un límite, y se fija para las comidas y gastos de manutención. La cantidad máxima que como autónomo puedes deducir de dietas en comidas son 26,67€ diarios si estás en España y 48,08€ si estás en el extranjero. O sea, que a partir de estas cantidades no se debe meter como gastos de dietas, porque no serán aceptados por Hacienda.
Eso sí, para poder contabilizar las dietas de autónomos tienen que cumplir ciertos requisitos:
Con todo lo que sabes ya, la respuesta a esta pregunta es una recopilación de todo lo anterior. Para justificar las dietas ante Hacienda, lo más importante es tener una factura que acredite tu gasto. En ella debe aparecer tu nombre y apellidos, NIF, la fecha y el lugar del gasto y la cantidad que has pagado. Como consejo, te recomendamos mantener tus facturas durante cuatro años, porque Hacienda siempre puede querer hacer una revisión durante este periodo.
Los gastos que superen las cantidades máximas no se podrán justificar como dietas y se deberán incluir como gastos normales no deducibles en tus declaraciones.
¿Y si solo tengo el ticket? ¿O si se me ha perdido la factura? ¿O si no puedo justificar la necesidad de las dietas ante Hacienda? Pues mucho cuidado con incluir estos gastos como deducibles.
Hacienda suele llevar a cabo inspecciones en las que repasa que los autónomos pueden documentar que sus gastos pueden contarse como dietas. Pero si no puedes demostrarlo, la primera consecuencia es que ese gasto pasará a correr por tu cuenta, así que tendrás que modificar las declaraciones de IVA y de IRPF y pagar más. La segunda consecuencia es que te puede caer un recargo de entre el 50% y el 150% del gasto. Así que ten todo muy muy atado.
Sinceramente, es más fácil que todo esto lo haga tu asesor fiscal de autónomos por ti, ¿no te parece? Tu subes tus facturas a tu perfil en TaxScouts y te olvidas. Y si hay algo que no es deducible, tu asesor fiscal personal ya te lo dirá. Sonar no suena mal, ¿eh? Que lo de hacerse autónomo (con los impuestos y trámites de autónomos) no siempre es fácil. Así que no viene mal la ayuda de una gestoría online que te salve del papeleo con Hacienda. Ya sabes, si quieres ayuda de una asesoría de autónomos, ¡aquí estamos!
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