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¿Vas a comenzar un proyecto y no sabes ni siquiera si vas a generar beneficios? ¿Te pagan por hacer trabajos aquí y allá de vez en cuando y no sabes si tienes que declararlo? Estas situaciones se repiten a diario y generan muchas dudas sobre si se puede o no facturar sin ser autónomo.
Lo último que quieres es tener un problema con Hacienda o con la Seguridad Social, esto está claro. Vaamos a arrojar un poco de luz en todo este asunto y ver si de verdad puedes facturar sin ser autónomo de manera legal.
Lo más fácil para resolver esta duda sería ir directamente a la fuente oficial, ¿verdad? Bueno, pues la Seguridad Social define al autónomo o trabajador por cuenta propia como aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo.
Aquí está el problema: no se especifica de forma clara cuál es el límite exacto de lo que es o no ser autónomo. Y por eso hay tantas dudas sobre cuándo empezar a facturar o cuándo darte de alta como autónomo.
Hacienda, sin embargo, es bastante más clara: se considera autónomo todo aquel que realice una actividad económica. Fin. Por tanto, el alta en Hacienda es obligatoria siempre, sin excepciones de ingresos o habitualidad.
Como te hemos avisado, el alta en Hacienda es siempre obligatorio. En este artículo nos centraremos en si es necesario darse de alta también en la Seguridad Social para facturar como autónomo.
Centrémonos en lo que dice la Seguridad Social y fijémonos en la recurrencia de la actividad. Se dice que la actividad tiene que ser de forma habitual, y a esto se acogen muchos para facturar sin ser autónomos.
Parece todo un conjunto de cosas poco claras porque, siempre que la actividad no sea habitual, no necesitas darte de alta. Pero la Seguridad Social tampoco explica cuándo una actividad se considera habitual o no.
A veces, también se oye por ahí que, si no superas el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en lo que facturas, no hace falta que te des de alta ni emitas facturas como autónomo. O que puedes facturar sin ser autónomo hasta 3.000€. Pero ¡repetimos! Esto no lo dice la Seguridad Social (que es la autoridad oficial en esto) en ningún lado; no se menciona ningún límite para facturar sin ser autónomo. Aun así, lo que sí es cierto, es que la Seguridad Social no suele mandar inspecciones mientras no generes ingresos superiores al SMI.
En general y como asesoría fiscal, lo que te recomendamos es que siempre te des de alta en las dos instituciones, porque esto será lo completamente legal. Sin embargo, es cierto que la Seguridad Social es más laxa que Hacienda, y hay casos que pasa por alto.
Vale, pues ya hemos aclarado que en algunos casos se pueden hacer facturas aunque no estés dado de alta en autónomos de la Seguridad Social. Y ahora te estarás preguntando… ¿Puedo hacer una factura como particular? La respuesta es sí, peeero hay un pero.
Hacienda y la Seguridad Social son dos instituciones independientes con las que tenemos que rendir cuentas sobre nuestra actividad económica. Por eso, aunque decidas facturar sin ser autónomo (y, por lo tanto, sin darte de alta en la Seguridad Social) para poder emitir facturas sin ser autónomo, tendrás que declarar ante Hacienda lo que cobres.
Para darte de alta en Hacienda y poder facturar tendrás que entregar los modelos 036 y 037. Esto es aunque no te des de alta en la Seguridad Social, ¿eh? Pues como cualquier trabajador autónomo, debes presentar tus declaraciones trimestrales y anuales de impuestos ante Hacienda:
Si un día decides que ya has tenido suficiente o que, por lo que sea, ya no vas a facturar más sin ser autónomo, debes darte de baja ante Hacienda. Este trámite se hace con los mismos modelos 036 y 037. ¡Recuerda! Aunque te des de baja, tendrás que presentar tus declaraciones trimestrales (hasta el trimestre en el que hayas trabajado) y anuales (del año fiscal en el que hayas trabajado).
Si tienes dudas, aquí tienes una guía sobre cómo presentar el modelo 036 o el 037, ¡tanto para darte de alta como para darte de baja!
Imagina que decides darte de alta en Hacienda como te hemos contado y declarar tus facturas, ¿vale? Luego quieres dar el paso y darte de alta también en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social (darte de alta como autónomo, vaya). Cuando lo hagas, tendrás que pagar la cuota de autónomo de todos los meses anteriores. O sea, que todos los meses en los que has estado dado de alta en Hacienda pero no en la Seguridad Social, tendrás que pagar lo que te habría tocado pagar si hubieras estado dado de alta desde un buen principio. Parece un trabalenguas pero no lo es.
Por ejemplo, ante Hacienda, Marcelo ha facturado desde marzo. Si en septiembre se da de alta en la Seguridad Social como autónomo, tendrá que pagar la cuota del mes en curso (septiembre) y la de los meses desde marzo a septiembre (o sea, el precio de seis meses de cuota). Aparte de eso, si eres nuevo autónomo, no podrás beneficiarte de la tarifa plana de autónomos. Y ya, para más INRI, también te llegará una multa como te explicamos a continuación.
Si como te hemos contado, te has dado de alta en Hacienda pero no en la Seguridad Social y luego decides hacerlo. Entonces, te tocará pagar la cuota de aquellos meses en los que estuviste dado de alta solamente en Hacienda. Y si pagas tarde, pagarás con un plus.
Si vence el plazo para pagar y pagas durante el siguiente mes, el recargo será del 10% sobre lo que te toque pagar. El recargo será del 20% si pagas durante el segundo mes y los siguientes.
Puede que la Seguridad Social se entere de que has estado facturando sin ser autónomo y decida que sí, que tu actividad es más habitual de lo que tú piensas y tendrías que ser autónomo. Entonces también tendrás que pagar la cuota de autónomo por los meses en que no hayas estado dado de alta en la Seguridad Social. Pero además, con un recargo del 20% (porque tendrías que haber estado pagando y no lo has hecho).
Como ves, facturar sin ser autónomo es un tema complicado. Por eso, la gente se ha buscado la vida para poder emitir facturas y no meterse en lío. Te las contamos, pero ¡ojo!, todo tiene sus consecuencias.
Hay cooperativas de autónomos que permiten emitir facturas. El problema está en que, algunas cooperativas, lo que hacen es darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social durante un día solamente (para poder emitir la factura). Esto hace que pierdas la opción de disfrutar de la tarifa plana reducida para autónomos en un futuro.Además, la Seguridad Social y Hacienda están al tanto de estas prácticas desde hace años, así que no está totalmente libre de riesgos facturar sin ser autónomo a través de una cooperativa.
En principio, podríamos decir que no solo te arriesgas tú a recibir una sanción de Hacienda o la Seguridad Social, sino que también pones en riesgo a tu colega, familiar o lo que sea. Además, tendría que darse la casualidad de que lo que tú hagas coincida con su trabajo. Por ejemplo, si a Hacienda y a la Seguridad Social les consta que Susana es pastelera, no puede emitir una factura por escribir cuatro artículos periodísticos. Encima de todo, quién sea que te hace el favor, tendrá que pagar los impuestos de algo que cobrarías tú. ¡Un lío innecesario, vamos!
En resumen, que facturar sin ser autónomo puede ser complicado y arriesgado. Por eso te lo ponemos fácil para que tramites tu alta de autónomo y empieces tu negocio. Somos una gestoría online para autónomos barata porque sabemos que hacerse autónomo no siempre es fácil. Nuestros asesores fiscales para autónomos se encargarán de todo el papeleo de alta y los impuestos de autónomos. ¡Y sin permanencia! Nada mal, ¿verdad? Puedes darte de baja cuando quieras, porque aunque esperamos que te vaya genial (eso siempre), nunca nadie sabe cuándo llegará la siguiente pandemia (o lo que sea) y lo pondrá todo patas arriba.
¡Autónomo! Nos encargamos de todo para que tú no te preocupes por nada. Además, tu asesor personal resolverá todas tus dudas en menos de 24 horas.
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