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Madrileño, madrileña, esto te interesa. ¿O es que ya sabes cuáles son las deducciones autonómicas en Madrid para tu renta de 2021? Suponemos que si estás leyendo esta guía es que no, así que venga, vamos a ponerle solución. Antes de empezar, aquí te las dejamos en una lista para que te sea más fácil navegar por esta guía:
Vamos a ir despacito y con buena letra. Las deducciones autonómicas en Madrid son beneficios fiscales (descuentos en tus impuestos, vaya) en el el IRPF que esta autonomía ofrece a los contribuyentes (a la gente que tiene que pagar impuestos, ahá) a la hora de hacer su declaración de la renta. Pero, si la declaración de la renta la hace toda España, ¿por qué existen deducciones de IRPF específicas en Madrid? Esto sucede porque los impuestos a pagar en la renta se dividen: una parte la cobra el estado y otra cada autonomía (aunque tú lo pagues todo junto). Para poder disfrutar de estas deducciones autonómicas en Madrid, tienes que haber residido durante el año anterior en la Comunidad y además cumplir ciertos requisitos. Venga, te vamos a contar las 12 deducciones autonómicas que existen en Madrid para tu renta de 2021. ¡Al lío!
Empezamos con la más común de las deducciones autonómicas en Madrid, que es la deducción autonómica del alquiler. Te puedes desgavar el alquiler en Madrid si:
Si cumples estos requisitos, puedes aplicarte la deducción autonómica del alquiler. Puedes restar el 30% de tu alquiler anual hasta un tope de 1.000€ a la cuota íntegra autonómica que te toque pagar.
Otro requisito importante (que verás repetido en casi todas las deducciones) es que la suma de las bases imponibles (la general y la del ahorro) no puede superar los 25.620€ si haces la declaración individual y 36.200€ si la haces conjunta. Y esto no acaba aquí. Si quieres aplicarte esta deducción por alquiler de vivienda habitual, la suma de las bases imponibles de tu unidad familiar tampoco debe superar los 60.000€. Además, la cantidad pagada de alquiler en el año tiene que ser como mínimo el 20% de la suma de estas bases imponibles. Lo sabemos, es difícil de asimilar.
Por ejemplo, si haces la declaración individual y la suma de tu base imponible general y del ahorro es de 24.000€ (de momento bien, porque no superas los 25.630€), tienes que haber pagado más de 4.800€ (el 20% de 24.000€) de alquiler en 2021 para poder aplicarte la deducción por alquiler de vivienda habitual. Si has pagado menos de 4.800€, no podrás aplicarte la deducción por alquiler de la Comunidad de Madrid.
Y, por supuesto, también:
Tienes que haber presentado el modelo 600 de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). No te preocupes si no lo has hecho, puedes declararlo en cualquier momento antes o mientras presentas tu declaración de la renta.
Si has tenido o adoptado un bebé, que sepas que puedes deducirte 600€ en la declaración de la renta de 2021 por ello (si son gemelos, trillizos y demás partos múltiples, serán 600€ por cada bebé). Para poder aplicarte esta deducción, tienes que convivir con tu hijo, hija, hijos o hijas (es decir, tener el mismo domicilio fiscal).
¡Ah! Y que sepas que si haces la declaración de la renta individual, los 600€ se dividirán entre papá y mamá o papás y mamás (300€ para cada uno).
¡Pero hay malas noticias! Si la suma de tus bases imponibles es mayor que 30.000€ (o de 36.200€ si haces la renta conjunta), olvídate de esta deducción. Al igual que si la suma de las bases imponibles de la unidad familiar supera los 60.000€. ¿Claro?
Pues si te ha quedado claro el punto anterior, este va a ser chupado. Igualito, 600€ deducibles por cada hijo internacional adoptado. Con exactamente los mismos requisitos económicos que el anterior caso. Tendrás que certificar, eso sí, que la adopción es internacional. La buena noticia es que esta deducción es perfectamente compatible con la deducción anterior. ¿Ves que fácil?
Si has acogido a uno o más menores y habéis convivido durante más de 183 días, es decir, la mitad del año (quédate con este número porque se repetirá mucho), podrás aplicarte la deducción por acogimiento de menores. Dependiendo del número de menores que tengas acogidos, la cantidad será más o menos:
Como siempre, la suma de las bases imponibles no deberá superar los 25.620€ en la declaración individual y los 36.200€ en la conjunta. Si tú y tu pareja presentáis la declaración individual, la cantidad de la deducción se divide entre dos. Si la presentáis conjunta, se deduce la cantidad total una vez.
Y vamos ya con la quinta estación, digo, deducción. Oficialmente se le llama deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 o personas con discapacidad. La Comunidad de Madrid te permite deducir 1.500€ en la cuota íntegra autonómica de tu declaración de la renta por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad de más del 33% a la que hayas acogido durante más de 183 días (medio año). Importantísimo, sólo puedes optar a esta deducción si:
Los requisitos económicos son, al igual que las otras, no superar los 25.620€ con las bases imponibles en la declaración individual o 36.200€ en la declaración de la renta conjunta.
Si las fundaciones y clubes están en el registro de fundaciones y en el registro de asociaciones deportivas de la Comunidad de Madrid, entonces te podrás deducir un 15% de la donación en la declaración de la renta de 2021. Pero, spoiler, hay límites. En este caso es que el total que se puede deducir no debe ser mayor al 10% de la base liquidable del IRPF.
Por ejemplo, si tú donaste 500€ al club de baloncesto de tu barrio porque eres superfan, puedes restar 75€ (el 15% de 500€) a tu cuota íntegra autonómica. La cuota íntegra autonómica es la parte autonómica de lo que tendrías que pagar de IRPF. Pongamos por caso que tu cuota íntegra autonómica es de 4.300€. Pues te restas esos 75€ (el 15% de lo que has donado al club de baloncesto) y tu cuota íntegra autonómica se queda en 4.225€.
Aunque como hemos dicho, hay límites. Por ejemplo, si tu base liquidable general autonómica es de 12.000€, lo máximo que te puedes deducir por donativos a fundaciones y clubes deportivos son 1.200€ (un 10% de 12.000€). Esto es así aunque el 15% de tu donación al club de baloncesto fueran 8.000€. No importa.
Pues no hace falta que sigas leyendo, la verdad. Un asesor fiscal de nuestro equipo puede presentar tu declaración de la renta online por ti. Tú solo tienes que rellenar tus datos y hacer algunos clics. Y tu asesor, sí o sí, se encarga de aplicarte tooodas las deducciones posibles: las deducciones autonómicas en Madrid y también las estatales. ¡Por solo 49,90€!
Papis, mamis, quizá haya algo que os podáis ahorrar con las deducciones en gastos educativos de Madrid en 2021. Atended, no vaya a ser que suene la flauta.
¡Ojito! Otro límite, esta vez algo diferente: la suma de vuestras bases imponibles no puede superar el resultado de multiplicar por 30.000 el número de miembros de la unidad familiar.
Por ejemplo, en casa sois cuatro y vuestra base imponible total es de 45.000€. Entonces, esa base imponible tiene que ser menos que el resultado de 4 por 30.000 (que serían 120.000). En este caso, sí os podríais aplicar estas deducciones.
Y ahora vemos lo mismo, pero al revés. En casa sois tres y vuestra base imponible total es de 110.000€. Al multiplicar 3 por 30.000, el resultado (que son 90.000) es menos que 110.000 (la base imponible). Entonces, no tendríais derecho a esta deducción.
Aquí viene otra de las deducciones autonómicas en Madrid, y esta es algo enrevesada. Para empezar, para optar a esta deducción tienes que tener algún hijo de menos de tres años.
También tienes que tener contratada una persona empleada del hogar, porque será de los pagos de su Seguridad Social de donde saldrá el porcentaje que tú te puedes deducir. Es obligatorio también que el empleado tenga un contrato de, como mínimo, 40 horas mensuales y, por supuesto, que esté dado de alta en la Seguridad Social. Si no tienes a nadie contratado que trabaje para ti cuidando de la casa y demás con estas condiciones, ya puedes pasar a leerte la siguiente deducción.
Ahora bien, si tienes a alguien trabajando en casa para ti, el 20% de sus pagos a la Seguridad Social es lo que te puedes deducir. Con un límite máximo de 400€. Y si sois familia numerosa, el porcentaje es el 30% y el límite son 500€. Por ejemplo, si tu empleado ha pagado en un año 1.000€ a la Seguridad Social, tú te puedes deducir 200€ como mucho. En el caso de una familia numerosa, serían 300€.
¡Pero hay un requisito más! Los padres y madres de la casa deben haber trabajado (como empleados o como autónomos, eso da igual) al menos 183 días durante el año fiscal 2021. De nuevo, la suma de las bases imponibles (general y del ahorro) no puede ser más que el número de miembros de la familia multiplicado por 30.000 (mira el caso anterior si necesitas un ejemplo de este cálculo, porque tiene tela).
Primero de todo, ¿qué significa ingresos reducidos? Pues que la suma de las bases imponibles de la unidad familiar (es decir, de todos los que trabajan o cotizan con pensiones en la casa) no supere los 24.000€. Además es necesario tener dos o más hijos para poder solicitar esta deducción.
¿Cumples estos requisitos? Genial, porque te podrás deducir el 10% de la cuota íntegra autonómica final (a la que ya se hayan aplicado todas las otras deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid y las otras deducciones estatales que se apliquen sobre esta misma cuota íntegra autonómica). Y dirás… ¿¡Qué!? Si no has entendido nada, no te preocupes, eres normal. Te lo aclaramos:
Para el caso de la deducción para familias con ingresos reducidos y dos o más hijos, se calcula el 10% de la cuota íntegra autonómica a la que ya se han aplicado todas las otras deducciones estatales y autonómicas. El resultado (el 10%) se resta a la cuota íntegra autonómica que tenías, por lo que tienes que pagar un 10% menos de cuota íntegra autonómica de lo que te tocaría pagar en realidad. Lo sabemos, entender esto es como un dolor de muelas.
De entrada, aclaramos que se consideran de nueva creación todas las empresas que tienen menos de tres años. Dicho esto, la deducción cambia según el tipo de empresa donde hayas invertido:
Además, hay otros requisitos sobre la empresa:
Tú, como inversor o inversora, tienes que:
El Mercado alternativo Bursátil (MaB) es, dicho de la forma más simple posible, la bolsa de las PYMEs españolas. Sirve a las pequeñas y medianas empresas para encontrar inversores y poder crecer. Si has invertido en alguna empresa que cotice en el MaB, podrás deducirte de tu cuota íntegra autonómica el 20% de la cantidad que hayas invertido. Con un máximo de 10.000€. Aquí van los requisitos:
Como imaginarás, esta deducción no es compatible con la deducción anterior de empresas de nueva creación.
Vamos llegando al final de las deducciones autonómicas en Madrid y lo hacemos con esta, la de los jóvenes emprendedores. Está pensada para personas menores de 35 años o menos, como bien dice su nombre. Los requisitos son:
Si es tu caso, podrás deducir 1.000€ de la cuota íntegra autonómica en tu declaración de la renta de 2021 y, como siempre, pagar algo menos de impuestos.
Vale, pues ya estaría. Y, mira, no nos digas que todo esto no es un rollo. Aunque si con lo que te hemos contado puedes ahorrarte un dinerito, ¡nos alegramos!
Si te siguen quedando dudas y necesitas hablar con un gestor personal, pregúntanos en el chat web o por WhatsApp. O si prefieres dejarte de líos y que un asesor fiscal profesional haga todos los trámites por ti, cuenta con nuestro servicio de gestoría online y presenta la declaración de la renta por Internet. Que hay demasiadas deducciones, demasiados límites y demasiados requisitos como para saber aplicártelos todos sin una ayudita (por muy bien que intentemos explicártelo).
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