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¿Es posible cobrar el desempleo siendo autónomo, al igual que lo cobra un trabajador de una empresa? Dicho de otra forma, ¿un autónomo tiene derecho a paro? En esta guía te explicamos todo lo que tienes que saber sobre el desempleo o paro para autónomos.
Al igual que los asalariados, los autónomos pueden cobrar el paro. Esto que quede claro. Tienen derecho al paro de autónomos los que hayan cotizado el mínimo obligatorio para poder cobrarlo (es decir, 12 meses en los últimos dos años). El nombre de esta ayuda para autónomos es: prestación por cese de actividad de autónomos y, en realidad, no se diferencia en nada del paro normal.
Para poder tener derecho a la prestación por desempleo siendo autónomo, tienes que cumplir ciertos requisitos:
¿Qué se considera cese de actividad, puedes pensar? Pues que hayas tenido que parar tu actividad, tu negocio, por causas no voluntarias y justificadas. Ahora te desglosamos un poco más de qué situaciones estamos hablando.
Por supuesto, al igual que cuando un trabajador de una empresa es despedido deja de ser asalariado y cobra el paro, cuando un autónomo cesa su actividad deja de ser autónomo y cobra el paro. Es decir, cuando solicites la situación de cese de actividad, te darás de baja en el RETA. Entonces dejarás de ser autónomo.
Pues, como ya hemos repetido antes, todo se regula exactamente igual que en el caso del desempleo de una persona asalariada. Por tanto, un autónomo cobra de paro lo mismo: un 70% de la base de la base reguladora promedio del último año. Es decir, el resultado de calcular la base reguladora (base de cotización/días cotizados, que si es un mes entero es 30) de cada mes, y luego calcular el promedio de estas.
Esta ayuda tiene un máximo del 175% del IPREM y un mínimo del 80% del mismo.
Sin embargo, el paro de autónomos contiene algunos casos especiales en los que el porcentaje para calcular el paro de autónomos cambia:
Te hemos comentado cuánto dinero puedes recibir, pero no por cuánto tiempo. Por ello te dejamos también esta tabla para que veas cuánto paro tiene un autónomo dependiendo de los meses que haya cotizado:
Meses cotizados | Paro |
Menos de 12 meses | No tienes derecho |
De 12 a 17 meses | 4 meses |
De 18 a 23 meses | 6 meses |
De 24 a 29 meses | 8 meses |
De 30 a 35 meses | 10 meses |
De 36 a 42 meses | 12 meses |
De 43 a 47 meses | 16 meses |
Más de 48 meses | 24 meses |
Para rizar el rizo, un friendly recordatorio. Sigues teniendo obligación de presentar algunos documentos a Hacienda. Acuérdate de presentar:
Emprender es como una maratón y no un sprint, con sus baches (créenos, como asesores fiscales de autónomos lo sabemos de primera mano). Hay que luchar hasta el final durante todo el camino. ¡Y con ayuda de una gestoría online de autónomos es más fácil!
Un apunte más, antes de terminar. No debes confundir la prestación por desempleo, o paro para autónomos, con los subsidios para autónomos. ¿No sabes cuál es la diferencia? Te dejamos una explicación rapidita sobre qué es un subsidio por si necesitas aclararlo.
Y ahora es cuando, después de pasar el bache (si es que estás en el paro para autónomos), confías 100% en nuestra gestoría fiscal para hacerte autónomo cuando vuelvas al ruedo. Podemos hacer un trato. Tú te centras en reflotar tu negocio y nosotros, como asesores fiscales de autónomos te llevamos el alta de autónomo y nos encargamos de presentar todas tus declaraciones de impuestos. O si te has dado de baja y vas a cobrar el paro de autónomos, pero te queda presentar la declaración trimestral, los resúmenes anuales y demás requisitos de autónomos… Pues eso, TaxScouts.
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