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Los modelos de autónomos son muchos, eso es así. La Agencia Tributaria tiene un sinfín de ellos, y obliga a los autónomos a presentarlos periódicamente para que así informen sobre su actividad económica, y de esta forma paguen impuestos. ¿Qué modelos presentan los autónomos?
Algunos de estos modelos para Hacienda de autónomos son muy comunes, y todos los autónomos están obligados a presentarlos. También existen otros modelos que se deben presentar en función de la actividad que se realice. En general, podemos decir que hay tres momentos de presentación:
¿Qué modelos tiene que presentar un autónomo para darse de alta como trabajador por cuenta propia? Pues son dos: el modelo 036 o 037 para darse de alta en la Agencia Tributaria y el TA0521 para hacerlo en la Seguridad Social. Lo vemos en detalle.
El modelo 036 es un formulario con el que informas a Hacienda de que vas a empezar una actividad económica. Con este modelo que contiene tus datos personales, la actividad que vas a realizar y la dirección de tu negocio, pondrás en conocimiento de la Agencia Tributaria la actividad que vas a realizar, y así podrás pagar los impuestos que te correspondan.
¡Aquí te dejamos una guía currada para que sepas cómo presentar el modelo 036 y los requisitos que necesitas cumplir para presentarlo!
El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar las personas físicas que cumplan determinadas condiciones. Puedes leer si las cumples en nuestra entrada sobre el modelo 037.
Es el modelo que se utiliza para darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en la Seguridad Social. El alta con este modelo no es siempre obligatorio, y solo tendrás que presentar el modelo TA.0521 si realizas tu actividad con habitualidad.
¿Estás pensando en darte de alta de autónomo? Puedes leer nuestra guía de cómo darse de alta de autónomo. O también puedes registrarte en TaxScouts para tener un asesor lo haga por ti y resuelva todas tus dudas fiscales.
Los modelos trimestrales son las declaraciones que se presentan después de cada trimestre natural, en las que se recoge la actividad de esos meses. Existen seis modelos trimestrales que puede que tengas que presentar:
El modelo 303 de IVA es una declaración por la que realizas la autoliquidación del IVA del trimestre. ¿Qué quiere decir esto?
Como sabrás, los autónomos cobran de sus servicios un porcentaje de IVA que no les pertenece, y que tienen que devolver al Estado. A su vez, los autónomos en sus gastos de actividad, pagan IVA a sus proveedores.
Cada trimestre, todos los autónomos tendrán que declarar si han pagado o han cobrado más IVA, autoliquidar el IVA trimestral. Si han pagado más IVA en sus gastos, Hacienda les devolverá. Si han cobrado más IVA, tendrán que devolverlo.
Este modelo trimestral de IVA es obligatorio siempre. Es decir, que mientras estés dado de alta como autónomo tendrás la obligación de presentarlo, hayas ingresado o no. Debajo puedes ver los plazos de presentación del modelo 303.
El modelo 130 de IRPF es una declaración que se utiliza para pagar de forma fraccionada el IRPF. Pero ojo, no todos los autónomos lo hacen así.
Los autónomos profesionales aplican retenciones en sus facturas de servicios, y pagan así su parte de IRPF. Es decir, en vez de presentar trimestralmente el modelo 130, algunos autónomos pueden dejar de cobrar una parte de sus facturas para así ir pagando este impuesto.
Para saber si puedes tributar de esta forma puedes leer nuestro artículo sobre pagar el IRPF trimestral de autónomos.
Al igual que muchos autónomos están obligados a pagar IRPF a través del modelo 130, los autónomos que están en el régimen de estimación objetiva tributan por módulos, y tendrán que presentar trimestralmente el modelo 131.
¿Te acuerdas de los autónomos que pagaban IRPF en sus facturas? Bueno, pues, como entenderás, alguien tiene que informar de estas contribuciones a Hacienda. ¿Y quién es ese alguien? Sus clientes.
Es decir, todos aquellos autónomos que contraten a otros autónomos a los que paguen aplicando retenciones en sus facturas tendrán que presentar el modelo 111 trimestralmente. En él, informarán a Hacienda de que sus proveedores están pagando IRPF a través de las facturas que les pasan.
Si presentas el modelo 111 en algún trimestre, deberás presentar después el modelo 190 anual.
El modelo 115 no es obligatorio para todos los autónomos. Deben presentarlo los profesionales o sociedades que tengan alquilado un local para el desarrollo de su negocio, ya sea un espacio de coworking, una oficina o un almacén, por ejemplo. ¿Por qué?
Porque sus arrendadores también tienen que pagar IRPF por los ingresos que están cobrando con el alquiler, y la forma en la que lo hacen es a través de retenciones. Estas retenciones, al igual que en el caso anterior, es la otra parte la que tiene que comunicárselas a Hacienda.
En este caso, el modelo 115 es una autoliquidación por la cual se declaran las retenciones practicadas por alquileres. Como es un poco lioso te dejamos una guía detallada sobre qué es y cómo se presenta el modelo 115.
El modelo 349 es obligatorio únicamente para los autónomos internacionales. Mediante este modelo, se declaran las operaciones intracomunitarias, es decir, las compraventas de bienes y servicios que se hayan llevado a cabo con otros profesionales o empresas miembro de la Unión Europea.
Ojo porque este modelo es trimestral, pero si el total de las operaciones intracomunitarias supera los 50.000€, también tendrás que hacerlo mensualmente.
Para realizar operaciones intracomunitarias se debe estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI), disponer de CIF intracomunitario y emitir la factura sin IVA.
Los resúmenes anuales de autónomos se presentan al final del año, generalmente en enero, y son un resumen de los modelos trimestrales. Existen varios:
El modelo 390 es un resumen anual de todas las declaraciones trimestrales de IVA que has presentado con los modelos 303. Es obligatorio para los autónomos que han declarado IVA en algún momento del año, es decir, que si solo presentas un trimestre, también tendrás que presentar el modelo 390. La fecha para hacerlo es en enero del año siguiente.
Te recomendamos leer nuestra guía sobre cómo presentar el modelo 390.
Quizá el modelo 100 sea más conocido con otro nombre: declaración de la renta. Es la liquidación anual de IRPF, recopila todo lo que se fue presentando en los modelos 130 o 131 a lo largo del año o todo lo que has ido reteniendo a través de las facturas. Con el modelo 100 se calcula si te falta IRPF por pagar (renta a pagar) o si te tienen que devolver (renta a devolver). Se presenta antes del 30 de junio del año siguiente.
El modelo 190 es el resumen anual de los modelos 111 trimestrales, es decir, de las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios. Al igual que en el caso anterior, hay que presentarlo si has declarado el modelo 111 en algún trimestre.
El modelo 180 se presenta como resumen anual de los modelos 115 presentados cada trimestre, es decir, de las retenciones por alquileres. También se presenta en enero junto con el resto de modelos anteriores.
Si quieres saber presentarlo sin fallos, revisa nuestra guía sobre cómo presentar el modelo 180.
El modelo 347 es algo diferente. Es un modelo de autónomos a modo de resumen en el que se informa de las operaciones con clientes o proveedores con los que se hayan superado los 3.005,06€ durante el ejercicio. Solo tendrán que presentar este modelo los autónomos que hayan hecho transacciones superiores a esta cifra, y se tienen que declarar todas las facturas con importes superiores, sean emitidas o recibidas. Se presenta en febrero.
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