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¿Es posible cobrar el desempleo siendo autónomo, al igual que lo cobra un trabajador de una empresa? Dicho de otra forma, ¿un autónomo tiene derecho a paro? En esta guía te explicamos todo lo que tienes que saber sobre el desempleo o paro de autónomos.
Los autónomos, al igual que los asalariados, sí tienen derecho al paro. Esto que quede claro. Tienen derecho al paro de autónomos los que hayan cotizado el mínimo obligatorio para poder cobrarlo (es decir, 360 días en los últimos seis años). El nombre de esta ayuda para autónomos es prestación por cese de actividad de autónomos y, en realidad, no se diferencia en nada del paro normal.
Para poder tener derecho a la prestación por desempleo siendo autónomo, tienes que cumplir ciertos requisitos:
¿Qué se considera cese de actividad, puedes pensar? Pues que hayas tenido que parar tu actividad, tu negocio, por causas no voluntarias y justificadas. Ahora te desglosamos un poco más de qué situaciones estamos hablando.
Por supuesto, al igual que cuando un trabajador de una empresa es despedido deja de ser asalariado y cobra el paro, cuando un autónomo cesa su actividad deja de ser autónomo y cobra el paro. Es decir, cuando solicites la situación de cese de actividad, te darás de baja en el RETA. Entonces dejarás de ser autónomo.
Pues, como ya hemos repetido antes, todo se regula exactamente igual que en el caso del desempleo de una persona asalariada. Por tanto, un autónomo cobra de paro lo mismo: un 70% de la base de cotización que tenga (tienes aquí una guía que te explica la cotización a la Seguridad Social de los autónomos).
Así que, si tu base de cotización es la mínima legal (960,60€), tu prestación por desempleo será de alrededor de 670€ (un 70% de 960,60€). Por supuesto, para poder seguir cobrando esta ayuda por desempleo, tienes que estar en búsqueda activa de trabajo en el SEPE.
Te dejamos también los meses de paro de autónomos a los que tienes derecho dependiendo de los meses que hayas cotizado:
Meses cotizados | Paro |
Menos de 12 meses | No tienes derecho |
De 12 a 17 meses | 4 meses |
De 18 a 23 meses | 6 meses |
De 24 a 29 meses | 8 meses |
De 30 a 35 meses | 10 meses |
De 36 a 42 meses | 12 meses |
De 43 a 47 meses | 16 meses |
Más de 48 meses | 24 meses |
Para rizar el rizo, un friendly recordatorio. Sigues teniendo obligación de presentar algunos documentos a Hacienda. Acuérdate de presentar:
Un apunte más, antes de terminar. No debes confundir la prestación por desempleo, el paro, con los subsidios para autónomos. ¿No sabes cuál es la diferencia? Te dejamos una explicación rapidita de qué es un subsidio por si necesitas aclararlo.
Y ahora es cuando, después de pasar el bache (si es que estás en el paro de autónomos), confías 100% en nuestra gestoría fiscal para hacerte autónomo cuando vuelvas al ruedo. Podemos hacer un trato. Tú te centras en reflotar tu negocio y un asesor fiscal de autónomos de TaxScouts te lleva el alta de autónomo y se encarga de presentar todas tus declaraciones de impuestos. O si te has dado de baja y vas a cobrar el paro de autónomos, pero te queda presentar la declaración trimestral, los resúmenes anuales y demás requisitos de autónomos… Pues eso, TaxScouts.
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