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Paro de autónomos

  • Léelo en 4 min
  • Guía actualizada el 18/08/2022

¿Es posible cobrar el desempleo siendo autónomo, al igual que lo cobra un trabajador de una empresa? Dicho de otra forma, ¿un autónomo tiene derecho a paro? En esta guía te explicamos todo lo que tienes que saber sobre el desempleo o paro de autónomos.

¿Existe la prestación por desempleo de autónomos?

Los autónomos, al igual que los asalariados, sí tienen derecho al paro. Esto que quede claro. Tienen derecho al paro de autónomos los que hayan cotizado el mínimo obligatorio para poder cobrarlo (es decir, 360 días en los últimos seis años). El nombre de esta ayuda para autónomos es prestación por cese de actividad de autónomos y, en realidad, no se diferencia en nada del paro normal.

Requisitos para cobrar el paro de autónomos

Para poder tener derecho a la prestación por desempleo siendo autónomo, tienes que cumplir ciertos requisitos:

  • Estar dado de alta en el RETA
  • No estar en edad de jubilarte, o sea, no tener 66 años o más
  • Estar al corriente de los pagos a la Seguridad Social, es decir, haber pagado todas las cuotas de autónomos
  • Encontrarte en situación legal de cese de actividad como autónomo

¿Qué es el cese de actividad de autónomos?

¿Qué se considera cese de actividad, puedes pensar? Pues que hayas tenido que parar tu actividad, tu negocio, por causas no voluntarias y justificadas. Ahora te desglosamos un poco más de qué situaciones estamos hablando.

  • Por circunstancias económicas: cuando tu negocio es inviable o poco rentable y no se puede mantener. Para justificarlo tienes que haber tenido unas pérdidas anuales de más del 10% de tus ingresos. Eso sin contar el primer año de actividad.
  • Por causas de fuerza mayor: situaciones no controladas por ti pero que afectan a tu actividad. Si tienes un chiringuito de playa y llega un temporal que te lo destroza, impidiéndote servir cañas y tapitas, por ejemplo.
  • Por perder la licencia necesaria: son muchos los trabajos de autónomo para los que se necesita una licencia administrativa de algún tipo. Para conducir un taxi, para tener un bar, etcétera. Si por algún casual pierdes esa licencia, no tendrás derecho a continuar con tu actividad, por lo que podrás solicitar el paro de autónomos.

Por supuesto, al igual que cuando un trabajador de una empresa es despedido deja de ser asalariado y cobra el paro, cuando un autónomo cesa su actividad deja de ser autónomo y cobra el paro. Es decir, cuando solicites la situación de cese de actividad, te darás de baja en el RETA. Entonces dejarás de ser autónomo.

¿Cuánto se cobra con el paro de autónomos?

Pues, como ya hemos repetido antes, todo se regula exactamente igual que en el caso del desempleo de una persona asalariada. Por tanto, un autónomo cobra de paro lo mismo: un 70% de la base de cotización que tenga (tienes aquí una guía que te explica la cotización a la Seguridad Social de los autónomos). 

Así que, si tu base de cotización es la mínima legal (960,60€), tu prestación por desempleo será de alrededor de 670€ (un 70% de 960,60€). Por supuesto, para poder seguir cobrando esta ayuda por desempleo, tienes que estar en búsqueda activa de trabajo en el SEPE
Te dejamos también los meses de paro de autónomos a los que tienes derecho dependiendo de los meses que hayas cotizado:

Meses cotizadosParo
Menos de 12 mesesNo tienes derecho
De 12 a 17 meses4 meses
De 18 a 23 meses6 meses
De 24 a 29 meses8 meses
De 30 a 35 meses10 meses
De 36 a 42 meses12 meses
De 43 a 47 meses16 meses
Más de 48 meses24 meses

Para rizar el rizo, un friendly recordatorio. Sigues teniendo obligación de presentar algunos documentos a Hacienda. Acuérdate de presentar:

  • La declaración trimestral (IVA e IRPF) del trimestre en el que te das de baja.
  • Los resúmenes anuales de autónomos, que se presentan en enero del año siguiente.
  • La declaración de la renta si has facturado más de 1.000€ brutos como autónomo en el año fiscal en el que te das de baja. Esto lo tienes que hacer entre abril y junio del año siguiente.

Un apunte más, antes de terminar. No debes confundir la prestación por desempleo, el paro, con los subsidios para autónomos. ¿No sabes cuál es la diferencia? Te dejamos una explicación rapidita de qué es un subsidio por si necesitas aclararlo. 


Y ahora es cuando, después de pasar el bache (si es que estás en el paro de autónomos), confías 100% en nuestra gestoría fiscal para hacerte autónomo cuando vuelvas al ruedo. Podemos hacer un trato. Tú te centras en reflotar tu negocio y un asesor fiscal de autónomos de TaxScouts te lleva el alta de autónomo y se encarga de presentar todas tus declaraciones de impuestos. O si te has dado de baja y vas a cobrar el paro de autónomos, pero te queda presentar la declaración trimestral, los resúmenes anuales y demás requisitos de autónomos… Pues eso, TaxScouts.

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