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Deducciones autonómicas en Cataluña

  • Léelo en 13 min
  • Guía actualizada el 22/04/2022

¿Hemos oído por ahí que a los catalanes les gusta ahorrar? Pues ni idea de si el estereotipo se cumple, pero ahorrar dinero nunca le viene mal a nadie. Sobre todo si se trata de ahorrar en la declaración de la renta de 2021. Por eso hemos hecho una lista de todas las deducciones autonómicas en Cataluña para la renta de este año, y luego te las comentamos más al detalle.

¿Por qué hay deducciones autonómicas en Cataluña?

Pues porque las hay en todas las comunidades autónomas. En la declaración de la renta, hay una parte de deducciones estatales (que te contamos en esta guía de deducciones en la renta 2021) y una parte de deducciones autonómicas. Estas deducciones son simplemente beneficios que cada comunidad autónoma (en este caso, Cataluña) ofrece a la gente que vive allí. Para que sus ciudadanos tengan beneficios fiscales, paguen algo menos de impuestos y estén más contentos. O porque son así de majetes. Estas deducciones autonómicas de Cataluña en 2021 son como descuentos que se aplican a la cuota íntegra autonómica. Esta cuota íntegra autonómica se obtiene después de haber restado los mínimos personales y familiares a tu base imponible y después de haber aplicado los tramos de IRPF autonómico a tu base liquidable autonómica.

Para poder beneficiarte de estas deducciones para la renta en Cataluña, tienes que haber residido en territorio catalán un mínimo de 183 días (medio año) durante el 2021. Ahora sí que sí, ¡empezamos!

Deducción por nacimiento o adopción de un hijo

Papás y mamás, aquí os compensarán las noches sin dormir. Si has tenido un hijo en el año 2021, puedes deducir 150€ de la cuota íntegra autonómica si haces la declaración de la renta individual o 300€ si haces la declaración de la renta conjunta.

Es así de simple: la deducción por nacimiento o adopción de un hijo son 300€, pero se divide en un 50% para padre y madre, padre y padre o madre y madre. Y te la puedes aplicar sin importar lo que hayas ganado.
Si no sabes si te sale a cuenta hacer la declaración de la renta conjunta con tu pareja, quizá te venga bien darle un repasito rápido a nuestro post para parejas: ¿sale a cuenta hacer la declaración conjunta?

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Si vives de alquiler, estás de suerte. Con la deducción por alquiler de Cataluña puedes deducirte un 10% de todo lo que hayas pagado de alquiler en 2021. Pero hay un límite de 300€, o de 600€ si sois familia numerosa (padres y madres con tres o más hijos).

Por ejemplo, si en 2021 pagaste un alquiler de 490€ al mes (que son 5.580€ en un año), solamente puedes deducirte 300€, que es el máximo. Esto es así porque el 10% de todo lo que tú pagaste (558€ sería el 10% de tu alquiler anual de 5.580€) es más que el límite. En este mismo caso, si quién paga el alquiler de 490€ al mes es una familia numerosa, sí se podrían deducir 558€, porque el máximo para familias numerosas es de 600€.

Solamente puedes desgravar el alquiler en Cataluña si:

  • Tienes 32 años o menos
  • Has estado en paro durante 183 días (medio año) o más
  • Tienes una discapacidad reconocida igual o superior al 65%
  • Eres viudo o viuda y tienes 65 años o más

Además, para poder aplicarte esta deducción autonómica del alquiler en Cataluña hay otros requisitos:

  • La suma de tus bases imponibles (general y del ahorro) menos el mínimo personal y el mínimo familiar no puede superar los 20.000€ brutos anuales.
  • Además, lo que hayas pagado de alquiler en 2021 tiene que ser más del 10% de tus ganancias. O sea, que si has ganado 19.400€, lo que hayas pagado de alquiler tiene que ser más de 1.940€ en un año. Tiene que ser más porque, entonces, se entiende que el alquiler te supone un gasto importante a lo largo del año.

Un par de cosillas sobre esta deducción por alquiler de vivienda habitual en Cataluña:

  • Tienes que tener un contrato legal donde aparezca tu nombre, obvio.
  • Solamente te la puedes aplicar una vez. Da igual si cumples más de un requisito.
  • Lo máximo que te puedes deducir son 300€, ya lo hemos dicho. Pero si sois familia numerosa, hacéis la declaración por separado y ambos sois titulares del contrato de alquiler (arrendatarios), de los 600€ se deduce la mitad cada titular del contrato.

Deducción por préstamo de máster y doctorado

Otra de las deducciones para la renta de 2021 en Cataluña es la del pago de intereses por estudios. 

¿Y qué diantre significa eso? Pues que si has pedido un préstamo para estudiar un máster o un doctorado puedes deducirte una cantidad de lo que has pagado de intereses. A ver, no nos confundamos. La deducción no tiene que ver con la cantidad de dinero del préstamo en sí, sino que tiene que ver con la cantidad de intereses que te cobra la entidad que te hace el préstamo por hacerte ese préstamo. Deees-pa-ci-to. Vuelve a leerlo y lo entenderás.

Lo bueno es que te puedes deducir la cantidad de intereses que hayas pagado enterita. ¿Que has pagado 270€ en intereses? Pues te los deduces. ¿Que has pagado 410€? Pues también.
Aaaunque esta deducción autonómica en Cataluña solamente vale para préstamos de estudio contratados a través de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

Deducción por viudedad

Vamos con otra de las deducciones en Cataluña, la deducción por viudedad (¡y ojalá no tengas que aplicártela, la verdad!). Esta deducción te la puedes aplicar en el año en el que te has quedado viudo o viuda y en los dos siguientes. O sea, este año te la puedes aplicar si perdiste a tu pareja en 2019, 2020 o 2021. Y si pasó en 2018, este año ya no te puedes aplicar la deducción por viudedad.

Por norma general, la cantidad de esta deducción que se resta a la cuota íntegra autonómica es de 150€. Pero si te has quedado viudo o viuda y tienes a tu cargo uno o más hijos o hijas menores de 25 años que todavía no presenten la declaración de la renta por su cuenta, los 150€ se convierten en 300€. Pues mira, algo es algo.

¿Cómo puedes saber si tus 150€ se convierten en 300€? Pues fijándote en la reducción del mínimo familiar (que se aplica directamente a tu base imponible, al principio de todo). Si no tienes derecho ya de entrada a ese mínimo familiar, tampoco tendrás derecho a 300€ por viudedad (solamente a 150€).

Deducción por fomentar la lengua catalana y occitana

De entre todas las deducciones autonómicas en Cataluña, esta es para culturetas. Y nos parece fenomenal. Si has donado algo de pasta a entidades que fomentan el uso del catalán o del occitano podrás deducirte el 15% de tu donación. Pero como casi siempre en la vida, hay un límite: lo máximo que te puedes deducir es el equivalente al 10% de la cuota íntegra autonómica.

Ejemplo fácil: si tu cuota íntegra autonómica son 1.200€, lo máximo que te puedes deducir son 120€. Esto es así aunque el 15% de lo que hayas donado sean más de 120€. O sea, que en lo que te tienes que fijar es en el 10% de la cuota íntegra autonómica.

¿Y cuáles son esas entidades que fomentan el uso del catalán y del occitano, eh?

😵‍💫 ¿Te marean tantos límites, bases imponibles y tal? 😵‍💫

A nuestros gestores expertos en la declaración de la renta no. Nunca. Si quieres asegurarte el tiro y aplicarte todas las deducciones posibles en la renta 2021, cuenta con ellos. Se encargarán de presentar tu declaración de Hacienda online, rapidísimo y sin errores. A ti te va a costar solo 49,90€ y 15 minutos. ¿Merece la pena, o qué?

Deducción por donación a la investigación científica y tecnológica

Si te flipa la innovación, la investigación y todo eso y has puesto algo de dinero en ello, esta es tu deducción autonómica. Así que pon atención.

Si has hecho alguna donación (de dinerito), puedes deducirte el 25% de lo que hayas donado. Como en el caso anterior del fomento del catalán y del occitano, lo máximo que puedes restar a tu cuota íntegra autonómica es el 10% de esa misma cuota.

Ejemplo rápido, que nunca viene mal: si has donado 1.000€, podrías deducirte 250€ (el 25% de 1.000€), ¿sí? Pero si tu cuota íntegra autonómica son 1.000€, solamente podrás deducirte 100€.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual

Si en 2021 decidiste renovar tu pisito o tu casita, puedes recuperar algo de lo que invertiste a través de esta deducción. Esta es, quizá, una de las deducciones autonómicas en Cataluña más interesantes para mucha gente. ¡Vamos con los números!

Con esta deducción puedes restar el 1,5% de lo que gastaste en renovar la vivienda, con un límite de 9.040€. ¡Ojo! Porque este 1,5% puede sonarte a poco, pero hay veces que las obras de rehabilitación de un piso o de una casa cuestan un riñón, así que a fin de cuentas es más de lo que parece.

Ahá, ¿y qué sería una vivienda habitual (para que puedas contar con esta deducción en tu declaración de la renta?):

  • El sitio donde vives o vayas a vivir habitualmente, así, en el día a día.
  • Una vivienda de la que eres propietario, aunque sea a medias con tu marido o con tu mujer.

Deducción por conservación del medioambiente y el patrimonio

El nombre largo de esta deducción autonómica de Cataluña es Donaciones a entidades en beneficio del medioambiente, conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio. Pero nada, no hace falta complicarlo tanto. Simplemente, con esta deducción, puedes restar el 15% del dinero que hayas donado a esas entidades. ¿El límite? Por desgracia no es el cielo, sino el 5% de tu cuota íntegra autonómica.

¿Y qué entidades cuentan? Las fundaciones o asociaciones que estén en el Registro de Entidades de Medio Ambiente de la Generalitat de Catalunya.

Deducción por ser ángel inversor o por invertir en entidades nuevas

Ya vamos acabando, pero esta deducción autonómica de Cataluña es algo larga. Tiene que ver con los angel investors (así dicho en inglés suena más modernillo que ángel inversor, ¿no?). Un ángel inversor es alguien que invierte en startups o empresas nuevas a cambio de acciones o así.

Lo que te puedes deducir si le has echado un cable a alguna empresa o entidad nueva es el 30% de tu donación. Con un límite de 6.000€ para empresas normales.

Ahora bien, si las entidades en las que has invertido están creadas o son propiedad (en parte) de una universidad o de un centro de investigación la cosa cambia. En este caso, lo que te puedes deducir es el 50% de tu donación, con un límite de 12.000€.

Vale, pasamos a los requisitos, que tienen un poquito de tela:

  • Lo que inviertas tú junto con la parte de la empresa que tenga algún familiar tuyo no puede ser más del 35% del negocio. Esto es para familiares de hasta tercer grado, o sea, tu marido, mujer, hijo, hija, padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, tío, tía, sobrino, sobrina, nieto, nieta,  bisnieto, bisnieta, cuñado, cuñada, yerno o nuera. Vamos, todo el clan. Y tú dirás, ¿qué sentido tiene esto? Pues mucho, la verdad. Lo que quiere evitar la Generalitat de Catalunya en este caso es que inviertas en un negocio familiar y encima te den un descuento por ello. Si la cosa fuera así, todo el mundo invertiría sin freno en negocios familiares para poder deducir impuestos. Porque así todo queda en casa, ¿no?
  • Si tu donación es una ampliación de capital, la empresa a la que haces la donación tiene que haberse fundado en 2019, 2020 o 2021. Básicamente, en el año fiscal al que se refiere tu declaración de la renta o los dos anteriores. Así que si haces una donación para ampliar el capital de una empresa que se fundó, qué sé yo, en 2016, no te puedes deducir nada.
  • Si quieres aplicarte esta deducción, no puedes tener ningún tipo de relación profesional ni laboral con la empresa a la que has hecho la donación. No puedes tener un cargo directivo, ni de gestión, ni ejecutivo. Nada. Lo único que se te permite es estar en el consejo de administración de la empresa.
  • Como en el caso de la deducción por alquiler, es obvio que tu donación tiene que ser legal y hecha ante notario. Además, tiene que aparecer en las escrituras de la empresa o la entidad a la que hayas hecho la donación.
  • Por último, tienes que mantener las acciones o las participaciones que adquieras con tu donación durante tres años. O sea, que si invertiste en 2021, hasta la misma fecha de 2024 no las puedes vender ni nada por el estilo. Eso sí, si quieres tener más a través de otra donación, adelante.

Ahora, repasamos los requisitos de la empresa:

  • Tiene que ser una Sociedad Anónima (S.A.), una Sociedad Limitada (S.L.), una Sociedad Anónima Laboral (S.A.L.) o una Sociedad Limitada Laboral (S.L.L.).
  • Debe tener domicilio fiscal y domicilio social en Cataluña.
  • Es obligatorio que desarrolle una actividad económica. Si es una entidad para la que no hay que trabajar y que no genera riqueza, no cuenta.
  • Como mínimo, tiene que tener a una persona contratada.
  • No puede ser una empresa inmobiliaria o de gestión de bienes inmuebles (compraventa de propiedades).
  • La empresa no puede estar cotizando en bolsa.
  • El volumen de facturación anual de la empresa tiene que ser de menos de 1.000.000€.

Deducción por tener que presentar la renta por tener más de un pagador

Uf, ya está. Esta es la última. Y es bastante interesante, sobre todo si has estado en ERTE. Hay mucha gente que no tiene que presentar la declaración de la renta porque cobra menos de 22.000€ brutos anuales de una sola empresa (para la que trabajan). El tema está en que si tienes más de un pagador en un año (por ejemplo tu empresa y el paro, tu empresa y el ERTE, dos empresas diferentes o más), esos 22.000€ se reducen a 14.000€. Pero con un detalle: si lo que has cobrado del segundo pagador son más de 1.500€. Si no te aclaras, tranqui, léete este artículo sobre quién tiene que hacer la declaración de la renta. Si te da pereza leer, usa nuestra calculadora ¿Tengo que hacer la declaración de la renta?

En fin, que si has cobrado de dos o más sitios es probable que tengas que hacer la declaración de la renta. Y si eso pasa, quizá puedas aplicarte también esta deducción autonómica de Cataluña.

¿Cuánto te puedes deducir? La cantidad de esta deducción es el resultado de restar la cuota íntegra estatal a la cuota íntegra autonómica. El numerito que te de como resultado esta resta, lo restas a tu cuota íntegra autonómica. Sí, es algo lioso, lo sabemos.

Lo último sobre las deducciones autonómicas de Cataluña

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