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Autónomo societario, un híbrido entre empresario y autónomo

  • Léelo en 10 min
  • Guía actualizada el 17/01/2024

Que existen los autónomos lo sabe todo el mundo. Pero… ¿y si te dijéramos que hay una figura intermedia entre el autónomo y el trabajador asalariado? Te presentamos al autónomo societario. Este es un tipo particular de trabajador por cuenta propia que cotiza, paga cuotas y responde ante las deudas de manera diferente. Si quieres conocer todos los detalles sobre este tipo de autónomo, ¡sigue leyendo, que te contamos!

Una autónoma societaria sonriente al iniciar su empresa

¿Qué es un autónomo societario?

El autónomo societario es un tipo de autónomo que ha constituido una sociedad mercantil, en la que desarrolla funciones y tiene responsabilidades. En otras palabras, es un emprendedor que, en vez de realizar su actividad como persona física, ha creado una sociedad en la que trabaja y de la que tiene participaciones.

¿Quién tiene que darse de alta como autónomo societario?

Habrás podido comprobar que hemos mencionado dos cosas importantes: tener una sociedad, es decir, poseer participaciones o acciones de una empresa, y desarrollar funciones en ella. Ambas son requisitos indispensables para ser autónomo societario, y si es tu caso, sí, estás obligado a darte de alta como autónomo societario. 

Okay, lo de tener funciones dentro de la empresa vale, pero lo de las participaciones pide una explicación extra, ya que tu alta dependerá no solo de las tareas que realices en la sociedad, sino también del porcentaje de participaciones que tengas. Para ser autónomo societario no vale con tener un 1% de las participaciones, eso es muy poco, hombre. Tendrás que tener un 25% o más. Dicho eso, estos son los casos en los que estás obligado a darte de alta como autónomo societario:

  • Si tienes el 50% del capital de la empresa, ya sea porque tienes las participaciones a tu nombre, a nombre de tu cónyuge o de un familiar de hasta segundo grado con el que convives, te tendrás que dar de alta. También tendrás que cumplir labores de cualquier tipo o prestar servicios en la sociedad.
  • Si tienes el 33% del capital de la empresa en tus manos y, además, realizas alguna actividad dentro de la empresa o prestas servicios, el alta es obligatoria. 
  • Si tienes el 25% del capital y desarrollas funciones administrativas y de gerencia en la sociedad, deberás darte de alta. 

Recuerda que, por muchas participaciones que tengas, si no realizas funciones para la sociedad, no existe la obligación de darte de alta como autónomo societario.

¿Cómo cobran los autónomos societarios? 

Ahora que tenemos claro quién tiene que hacerse autónomo societario, veámos cómo facturan estos autónomos. 

Los autónomos societarios pueden cobrar de dos formas: a través de facturas o a través de una pseudonómina de la sociedad. Y no, no puedes elegir la que más te guste. La forma en la que cobres dependerá del epígrafe en el que te estés dado de alta. Lo vemos.

Autónomo societario hace cuentas de su empresa

Cobrar a través de facturas

Si te das de alta en un epígrafe profesional, tendrás que cobrar a través de facturas que emitirás a tu propia empresa

Tendrás que aplicar una retención de IRPF del 15%, aunque puedes aplicar el 7% durante los tres primeros años, siempre que no hayas desarrollado otra actividad en los años anteriores.

También se aplicará el IVA, ya sea el tipo normal del 21% o cualquier otro que corresponda a la actividad. Por supuesto, si la actividad está exenta de IVA, no se incluirá en la factura. 

La alternativa: una gestoría online de autónomos

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Cobrar por nómina

Si por el contrario estás dado de alta en un epígrafe empresarial, entonces cobrarás mediante una nómina. 

Este es el caso de los socios asalariados, personas que prestan servicios dentro de la empresa pero no son administradores ni gerentes. En sus nóminas se tiene que aplicar la retención normal de IRPF, como se hace con cualquier trabajador por cuenta ajena. Es decir, que se deben atener a la tabla de IRPF de los rendimientos del trabajo.

Si eres el administrador de la empresa, tendrás que asegurarte de que la retribución de tu cargo figure en los estatutos de la empresa. En tu nómina, los porcentajes de IRPF serán:

  • Del 19% si la facturación de la sociedad no supera los 100.000€
  • Del 35% si la cifra de negocio es mayor

Ejemplo de nómina de un autónomo societario

Las nóminas de los autónomos societarios no son muy diferentes a las del resto de trabajadores, tan solo hay un par de cosas que tendrás que tener en cuenta:

  • No aparecerán los cargos por cotizar a la Seguridad Social porque, al ser autónomo societario, tendrás que darte de alta en el RETA y pagar la cuota de autónomos aparte.
  • Si eres administrador o gerente, los porcentajes de IRPF no serán los mismos que los del resto (serán del 19% o del 35%).

El resto es exactamente igual. Mira, aquí puedes ver un ejemplo de nómina de un autónomo societario.

Desgravar el sueldo de los autónomos societarios

¿Y la empresa puede incluir la nómina del autónomo societario dentro de los gastos deducibles de su actividad? Pues hasta hace bien poco, no, pero ahora sí se puede, ¡bieeen! Las sentencias que lo permiten son recientes y establecen que para que se puedan desgravar, las nóminas tienen que cumplir algunos requisitos:

  • Si el socio tiene funciones de dirección o de administración, se tiene que haber recogido en los estatutos de la empresa la nómina y su cargo.
  • La nómina tiene que reflejarse en la contabilidad de la empresa.
  • Tiene que existir documentación suficiente para acreditar que la actividad del socio tiene sentido en el contexto de la empresa. 

Impuestos y obligaciones

Ya te hemos adelantado qué impuestos pagan los autónomos societarios y de qué dependen. El resto de sus obligaciones son las mismas que las del resto de mortales: 

  1. Si cobran IVA a través de sus facturas, tendrán que declararlo trimestralmente con el modelo 303 y anualmente con el modelo 390. El IRPF se liquida anualmente en la declaración de la renta en la parte de rendimientos de la actividad económica
  1. Si, por el contrario, percibes una nómina, no tienes mucho que hacer. Lo mismo que un asalariado: declarar tus ingresos en la declaración de la renta como rendimientos del trabajo

Base de cotización y cuota mínima

Una de las preguntas más repetidas es en torno a los autónomos societarios y la Seguridad Social: ¿cuál es la base de cotización de un autónomo societario?, ¿qué cuota paga un autónomo societario?

Desde enero de 2023, el sistema de cotización de todos los autónomos ha cambiado, y los trabajadores por cuenta propia tienen la obligación de cotizar por tramos de ingresos. Esto implica que las nuevas cuotas de los autónomos societarios se calculan a partir de sus ingresos reales. 

Si no te has enterado de este cambio tan importante, es mejor que vayas corriendo a leer nuestro artículo sobre nuevas cuotas de autónomos a partir de 2023.

Debido a este cambio, los autónomos societarios tendrán que pagar una cuota de autónomos que dependerá de los ingresos netos que tengan. Así, comunicarás tu previsión de ingresos y, en función de estos, se te asignará un tramo de cotización con una cuota asociada. 

Recuerda que para hacer el cálculo del rendimiento neto de un autónomo societario tendrás que seguir la siguiente fórmula:

Ganancias anuales estimadas – gastos deducibles – 7% de gastos de difícil justificación


12

Persona calcula cuanto puede deducirse en la renta de 2022 con la fórmula de la comunidad valenciana

Cuota del autónomo societario 2023

Como imaginarás, la cuota de los autónomos societarios ha cambiado desde los nuevos tramos de cotización. ¿La buena noticia? Que la cuota mínima para los autónomos societarios ha disminuido hasta los 310€ mensuales. ¿La mala noticia? Que los autónomos societarios, a diferencia del resto, tienen una cuota mínima de 310€ mensuales . Esto se debe a que, a diferencia de los demás autónomos, los autónomos societarios tienen una base mínima de cotización de 1.000€ mensuales, lo que implica que también tienen una cuota mínima por ser autónomo societario de 310€ mensuales.

Y es algo inamovible: si ganas menos de 1.000€ al mes, tendrás que pagar esa mismita cuota mensual. La parte positiva es que en 2023 la cuota de autónomos societarios es un pelín más asequible de lo que era en 2022, cuando se pagaban 377,77€. 

¿El autónomo societario tiene derecho a la tarifa plana?

Otra duda existencial: ¿pueden tener tarifa plana los autónomos societarios?  En este caso solo te damos buenas noticias porque sí, los autónomos societarios tienen derecho a la tarifa plana.
De esta forma, los nuevos autónomos societarios podrán pagar la cuota de 80€ a la Seguridad Social durante el primer año, ampliable a dos años si no alcanzan el salario mínimo.

¿Quieres saber más? Aquí te contamos todo sobre la tarifa plana a partir de 2023

Jubilación y prestaciones

Pasamos al siguiente tema. ¿Los autónomos societarios tienen jubilación? Sí, una de las razones por las que hay que pagar la cuota de autónomos es para percibir prestaciones como la jubilación o el paro. 

La siguiente pregunta será entonces cuánto cobra de jubilación un autónomo societario. Sentimos decirte que vas a tener que echar tus propias cuentas, ya que lo que cobra un autónomo societario de jubilación depende de dos factores: tiempo cotizado y base de cotización. Cuanto más tiempo y más alta la base, más pensión. Recuerda además que, como el resto de autónomos, tendrás que cumplir dos requisitos:

  • Si quieres cobrar la pensión mínima (el 50% de lo que te corresponde por tu base de cotización), tienes que haber cotizado al menos 15 años. 
  • Si quieres la pensión completa, cotiza al menos 37 años. Cobrarás el total de pensión por la base de cotización que hayas estado pagando durante los 25 años anteriores. 

No sufras, la Seguridad Social tiene un simulador de pensión de jubilación en el que puedes calcular una aproximación de la pensión que tendrás. 

Además, en esta tabla puedes ver la edad con la que podrás jubilarte dependiendo de los años cotizados que tengas.

Tabla con la edad de jubilación y cotización

La jubilación activa en autónomos societarios

La jubilación activa es un tipo de jubilación en el que puedes cobrar tu pensión a la vez que sigues trabajando, siempre que cumplas dos requisitos:

  • Cumplir con el periodo mínimo de cotización de 37 años y nueve meses.
  • Tener, al menos, un trabajador contratado. 

Sin embargo, en el caso de los autónomos societarios, la ley prohíbe cobrar el 100% de la pensión aunque se cumplan estos requisitos. ¿Por qué?

Porque según esta misma ley,  el empleado debe estar contratado por un profesional concebido como persona física. Como los autónomos societarios han creado una sociedad, tienen personalidad jurídica y no cumplen este requisito. Por eso la Seguridad Social les niega el 100% de la pensión, y solo pueden acceder como máximo al 50% de esta.

¿Qué alternativas tienen los autónomos societarios en estos casos? La primera es jubilarse por completo para cobrar la pensión máxima y compaginarla con un trabajo parcial que no supere el SMI. La segunda opción, algo más arriesgada, es convertirse en persona física. Hay que tener cuidado con esto, porque dependiendo de la situación, podría considerarse un fraude y conllevar sanciones.

Mejor consúltalo con un asesor experto

Un gestor profesional podrá estudiar tu caso y recomendarte cuál es la opción más adecuada para ti. Pregunta por nuestras consultorías puntuales en el chat de soporte o contrata uno de nuestros Packs Autónomos para disfrutar de una asesoría de autónomos completa. 

¿Los autónomos societarios tienen acceso al paro?

Te lo hemos adelantado antes, la respuesta es sí: los autónomos societarios, al igual que todos los trabajadores por cuenta propia, tienen derecho al paro. Y, al igual que el resto, tendrán que cumplir los mismos requisitos para que se les conceda. Te contamos todo sobre el paro de autónomos en esta guía.

Autónoma ayuda a su nuevo trabajador a ponerse en marcha para currar a tope

¿Cómo darse de alta como autónomo societario?

Una vez constituida tu empresa, podrás darte de alta como autónomo societario en el RETA y en Hacienda. Para hacerlo necesitas:

  • Rellenar el modelo TA.0521 marcando la casilla de autónomo societario y adjuntando datos de la empresa (denominación social y CIF).
  • Presentar el modelo 036 añadiendo los datos de la empresa y teniendo en cuenta cómo vas a cobrar:
    • Si es por factura, marcas las obligaciones trimestrales de IVA.
    • Si es por nómina, no marcas nada.

Eso sería todo. Ya solo te falta saber si vas a querer tomar las riendas de la empresa y convertirte en un autónomo societario o si, por el contrario, prefieres trabajar como un autónomo normal. Si necesitas una ayuda para terminar de decidirte, puedes leer nuestro artículo sobre autónomo o SL.  

Y ¡última cosa!, s lo que necesitas es un asesor que te ayude a hacerte autónomo online, estás en el sitio adecuado. Nuestros gestores de autónomos son expertos y pueden ayudarte a darte de alta como societario, con los trámites de autónomos, los impuestos… En fin, ¡con todo! Si lo necesitas, aquí está TaxScouts.

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