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Mamás autónomas, lo primero: ¡enhorabuena! Ser madre es una experiencia única y maravillosa, pero también es un desafío, especialmente si trabajas por cuenta propia.
En España, las madres autónomas tienen derecho a solicitar la baja por maternidad, una prestación que les permite interrumpir su trabajo después del parto (o antes, si fuera necesario), sin perder su protección social. Esto da una cierta seguridad: tus necesidades están cubiertas y, a priori, podrías disfrutar de los primeros meses con tu bebé sin preocuparte por ganarte el pan.
Ahora, no podemos pecar de ingenuas. Fenomenal la prestación, qué menos, es condición necesaria e imprescindible en un Estado del Bienestar. Sin embargo, no es la única, porque ¿qué hace una con sus clientes? Otra condición necesaria para que todo fluya es que estos respeten tu tiempo de baja, pero esto es un mercado, baby, todo va muy rápido y el proyecto es para ya.
Así, te encuentras acunando al bebé con una mano, tecleando con la otra y, en definitiva, un poquito desquiciada. Como todo de una vez no se puede, tú lo sabes, madre autónoma, en este artículo vamos a lo práctico y te explicamos cómo funciona tu baja de maternidad de autónomas en 2023. Atenta, hablamos de todas estas cosas:
Sí, al igual que las trabajadoras asalariadas, las madres autónomas también podéis disfrutar de una baja de maternidad. Esta prestación es un derecho en España para todas las mujeres trabajadoras, y concede un período de descanso remunerado durante y después del embarazo. Está regulado por la Seguridad Social y tiene como objetivo permitir a las mujeres dedicar tiempo a su recuperación física y emocional después del parto, así como a su bebé.
Es importante recalcar que todas las madres tienen derecho a esta prestación, incluso si no han tenido un hijo biológico. Esto significa que, si vas a adoptar o acoger un niño, también tienes derecho a la baja por maternidad de autónomas.
La pregunta del siglo: ¿cuánto se cobra de baja por maternidad? Durante el período de baja por maternidad, las autónomas tienen derecho a una prestación económica del 100% de su base reguladora de cotización. Para calcular cuánto te corresponde por baja de maternidad como autónoma, tendrás que sumar las bases de tus últimos 6 meses y dividir el resultado entre 180. El importe que dé será tu prestación diaria. Lo vemos con un ejemplo:
María es una autónoma embarazada y quiere calcular cuánto cobrará durante su baja de maternidad. Lleva tres años como autónoma, y siempre ha cotizado por una base de 960,60€. La prestación de María se calculará de la siguiente manera:
María recibirá 32,02€ diarios durante su baja por maternidad. Ya solo faltaría multiplicar esta cantidad por los días totales que espera estar de baja.
🧠 Consejo de tu asesor de TaxScouts: como habrás comprobado, para calcular tu baja por maternidad solo se tiene en cuenta tu cotización de los últimos 6 meses. Por eso, si prevés quedarte embarazada, es mejor aumentar tu base de cotización a la máxima durante los meses antes de la baja y así aumentar la cuantía de la prestación.
La duración de la baja por maternidad para autónomas en España es de 16 semanas consecutivas desde el nacimiento o la resolución judicial de adopción o acogida.
Sin embargo, no es obligatorio ausentarse tanto tiempo. Una opción posible es disfrutar de las 6 semanas de descanso obligatorias posteriores al parto y transferir las otras 10 semanas restantes al otro progenitor.
Ya hemos visto que la duración de la baja por hijo es de 16 semanas, aunque hay situaciones en las que ese periodo se puede alargar.
Además, como complementaria a la baja por maternidad, las autónomas también tienen derecho a disfrutar del permiso de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses de edad, aunque el médico de la Seguridad Social o de la Mutua deberá firmarlo. Las madres autónomas que accedan a este permiso de lactancia cobrarán también el 100% de su base reguladora.
Pues podemos ayudarte a comunicárselo a tus clientes. Prueba a usar nuestra plantilla salvavidas para comunicar una baja. No tendrás ni que buscar las palabras, ¡te hacemos el trabajo!
¿Qué te exige la Seguridad Social para que puedas disfrutar de tu baja por maternidad? Así, grosso modo, hay tres requisitos
¿Por qué no dejas que un asesor experto se encargue de tramitar tu baja de maternidad? Soluciona todas tus preguntas y céntrate en lo importante: ser una mamá excelente 🤩
Si tienes más de 21 años y no has cotizado la cantidad mínima que fija la Seguridad Social, no podrás acceder a la baja por maternidad para autónomas en 2023. Sin embargo, puedes optar a la prestación no contributiva de maternidad o subsidio por maternidad.
Es una ayuda de 17,75€ al día que está disponible durante 42 días naturales desde el parto o la adopción. En algunos casos especiales, como partos múltiples, enfermedades, discapacidad, familias numerosas o con un solo padre, se puede extender 14 días más.
Para pedir la baja por maternidad si eres autónoma, necesitarás algunos documentos:
Puedes solicitarlo, como de costumbre, de dos formas:
En ambas opciones, la Seguridad Social tiene un plazo de 30 días para tramitar la baja de maternidad.
¿Te has preguntado cómo puede afectar la baja de maternidad a tu cotización a la Seguridad Social? Pues saca calculadora que se vienen matemáticas.
Si bien es cierto que hasta 2022 las autónomas no tenían que pagar cuota de autónomos durante su baja de maternidad, a partir de enero de 2023 tendrán que abonar una parte a la Seguridad Social. ¿Qué parte? La resultante de esta fórmula:
Como siempre, es mejor ver cómo calcular tu cuota de autónoma durante la baja por maternidad con un ejemplo:
María ha cotizado por la base de 960,60€ desde que se dio de alta de autónoma en 2019. Ahora durante la baja, tendrá que pagar lo siguiente:
La cuota que le corresponde pagar será la suma de todas estas operaciones, en este caso, en torno a 82€ de cuota.
¿No sabes de dónde salen esos porcentajes? Eso es porque no te has enterado bien de cómo funciona la base de cotización. En este artículo sobre cómo elegir la base de cotización puedes leer más. O puedes echarle un vistazo a esta imagen donde se resumen los tipos específicos de cotización.
Al regresar a tu trabajo como autónoma dentro de los dos años posteriores a la baja por maternidad, tendrás acceso a la tarifa plana durante un período de 24 meses, en vez de los 12 meses que permitían hasta 2022. Es decir, que si vuelves a la actividad después de la baja, tendrás una bonificación por reincorporación de la maternidad de autónomos y podrás reducir tu cuota de autónomos a 80€ mensuales.
Al regresar a tu trabajo como autónoma dentro de los dos años posteriores a la baja por maternidad, tendrás acceso a la tarifa plana durante un período de 24 meses, aunque no será la habitual cuota de 80€. Para saber la cuota reducida a la que tienes derecho, toma aire y coge calculadora, que se vienen curvas. Según la Seguridad Social, las madres que regresan a su actividad tienen derecho a una bonificación del 80% de la cuota por contingencia común aplicada sobre la base media de los 12 últimos meses anteriores a la fecha del cese de tu actividad. Estabas avisada… ¡Vamos a resolver este acertijo!
Empezamos por lo último: la base media de cotización de los 12 meses anteriores a la baja. Pues simple, puede que tú misma lo sepas, y si no lo puedes comprobar en el portal de la Seguridad Social. Imagina que tu base de cotización antes de dar a luz fue de 1.000€ durante los 6 primeros meses y de 1.500€ los siguientes 6. Tu media anual es de 1.250€. Ya tenemos el primer dato.
Lo segundo, aplicar el porcentaje de contingencias comunes a la base. No hace falta que te lo sepas de memoria, que te lo chivamos nosotros: actualmente el porcentaje es 28,30%, que multiplicándolo a la base media que hemos calculado antes da 353,75€. Venga, ya estamos cerca.
Último paso del crucigrama, aplicar la bonificación sobre esa cantidad. Hemos dicho que la tarifa reducida es el 80%, así que se lo restamos a 353,75 y nos da que tenemos que pagar 70,75€. ¡Genial! Ahora solo te queda sumar el resto de porcentajes que se cubren con la cuota (aplicados a tu base original de 1.250€) y tendrías tu cuota reducida.
En el caso de nuestro ejemplo, habría que añadir:
En total, 108,25€ de tarifa plana. Prueba tú misma a hacer los cálculos, o si lo prefieres, ¡puedes contratar un asesor personal que te ayude!
¿Qué sucede si quieres trabajas a jornada parcial? ¿O si en el momento de la baja tienes que cerrar tu negocio? ¿Pierdes el derecho a la baja por maternidad en algún caso? Son preguntas que pueden surgir si estás en una situación más particular. Vamos por partes.
Existe la opción de reducir tu jornada laboral en vez de ausentarte por completo de tu actividad laboral. En este caso, al hacer la solicitud, tanto tú como tu pareja podréis coger una baja parcial y reducir entre un octavo y un 50% la prestación y la jornada laboral.
Si por algún motivo te ves obligada a cerrar tu negocio mientras estás embarazada, puede afectar a tu baja por maternidad de dos maneras:
Existe otra prestación diferente a la baja de maternidad que afecta a las madres autónomas que, por riesgos de su salud o la de su hijo, tengan que cesar su actividad durante los meses de embarazo.
La prestación por riesgo en el embarazo es también del 100% de tu base de cotización y si se extiende más de un mes, se te bonificará al 100% la cuota de autónomos, por lo que no tendrás que pagar Seguridad Social.
Puedes solicitar esta prestación el día después de tener el certificado médico del INSS o de tu Mutua y de haber cesado tu actividad en Hacienda. Mantendrás el derecho a esta prestación mientras tu actividad como autónoma siga suponiendo un riesgo o hasta que empieces a cobrar la baja por maternidad.
Las trabajadoras autónomas víctimas de violencia de género no tendrán la obligación de cotizar durante los 6 siguientes meses posteriores a la baja por maternidad. De esta forma, podrán reincorporarse de su baja y no pagar cuota de autónomos durante los 6 meses siguientes.
Igualmente, la Seguridad Social contará como si este tiempo estuviera cotizado, tomando como referencia la base de cotización de los 6 meses anteriores de la baja.
Muchas madres autónomas se preguntan qué es más beneficioso para cobrar la prestación de maternidad, la Mutua o la Seguridad Social. Lo cierto es que la respuesta es fácil: no puedes cobrar tu baja de maternidad a través de tu Mutua, así que la mejor (y la única) opción es tramitarla a través de la Seguridad Social.
Las mutuas se encargan de cubrir otro tipo de bajas (la baja por accidente laboral, por ejemplo), pero de las prestaciones de este tipo es la Seguridad Social la que se encarga.
Además de las que ya hemos mencionado en esta guía, existen otros beneficios a los que las madres autónomas pueden optar:
La baja por maternidad para autónomas puede ser un proceso complicado, más que por la prestación en sí, por la incertidumbre en la que te coloca con respecto a la posibilidad de encontrar las cosas como las dejaste, una vez que retomes tu actividad laboral. ¿Te esperarán tus clientes? A eso no te podemos responder (aunque sí podemos asegurarte que es un tema que nos interesa MUCHO).
Con lo que sí que te podemos ayudar es con la gestión de los papeleos y etc., ya sabes. Si cuentas con una gestoría de autónomos como TaxScouts, ahorrarás tiempo y energía, al menos en lo que se refiere a los trámites, y, sobre todo, estarás segura de que estos están siendo gestionados por profesionales. Y, ya luego, cuando vuelvas al ruedo, podemos presentar tus impuestos de autónoma por ti, ¡vivaaa!
¡Autónomo! Nos encargamos de todo para que tú no te preocupes por nada. Además, tu asesor personal resolverá todas tus dudas en menos de 24 horas.
Déjanos tu contacto y te mandaremos noticias, recordatorios o algún consejo sobre el tema que más te interese. No te asustes, solo lo haremos de vez en cuando.
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